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Indemnización por pérdida total del vehículo

8 Comentarios
 
Indemnización por pérdida total del vehículo
01/10/2013 17:42
Buenas, en un accidente de tráfico mi vehículo bien aparcado sufre graves daños. Mi compañía lo declara siniestro total y me ofrece 1250 euros. Yo no estoy de acuerdo y presento reclamación por escrito a la compañía contraria que me dice que como tiene convenio con la otra no me ofrecen nada, esto me lo dice por teléfono, por escrito no me dice nada. Quiero demandar a la compañía contraria, ¿puedo pedir a mi compañía que me adelante la cantidad ofrecida? ¿Cómo justifico que el coche es siniestro si solo tengo la carta de mi compañía que así lo declara? ¿Es suficiente con eso? No quiero arreglar el coche, ya me he comprado otro porque me hacía falta un vehículo. Muchas gracias a los que respondais.
01/10/2013 18:37
Buenas, coruxo, caso insólito porque lo más habitual es que uno no esté conforme con la declaración de siniestro total (por motivos sentimentales, por ejemplo) y reclame que se repare.
En su caso, parece una simple discrepancia sobre el valor venal, así que debera obtener una pericial que justifique la reclamación de un importe mayor, y defenderla en un juicio.
Que es siniestro ya está justificado, y su compañía no le pagará nada si no es contra firma de recibo-finiquito.
Saludos,
01/10/2013 19:02
Hola Pomares, muchas gracias por su respuesta, en cualquier caso mi duda no es en relación a la reclamación del valor del coche, lo había comprado unos días antes a un concesionario de vehículos de segunda mano, así que aportaré las facturas. La pericial no es posible ya que me lo han desguazado.
Mi duda es si me afecta que acepte la cantidad ofrecida por mi propia compañía (ya digo que me ha hecho oferta por escrito) a la hora de reclamar a la compañía contraria. La demanda a la contraria sería por la diferencia.
01/10/2013 19:05
En cuanto a lo de que es siniestro, por lo que me dices, entiendo que la declaración de siniestro de mi propia compañía ya me vale en la demanda contra la compañía contraria, no?

Muchas gracias.

Por cierto, soy abogada, pero especialista en urbanismo, si tienes alguna duda en algún tema de esa materia ya sabes. Gracias.
01/10/2013 19:15
De nada, coruxo, y tomo buena nota de tu ofrecimiento.

Pero no acabo de entender qué diferencia podrás pedir, si las valoraciones se rigen por unas tablas y sistemas que aplican todos los peritos.

Y sí entiendo que la declaración de siniestro vale, pero que tu propia compañía vaya a pagarte sin hacerte renunciar, es muy dudoso, ya que para éso existe el convenio entre compañías, para "ayudarse" unas a otras.

Saludos,
01/10/2013 21:14
Coruxo, si aceptas el dinero te darás por indemnizada y no podrás reclamar, pues tu compañía no tiene obligación alguna de indemnizarte al tenerlo a terceros y si lo hace, es evidente que es porque lo hace en representación de la contraria.
03/10/2013 16:49
Entiendo, gracias Kapitan y Pomares. Creo que la decisión es que pediré el dinero que me ofrece mi compañía y aceptaré expresamente sin renuncia de acciones contra la compañía contraria. Igual así no me dan nada, bueno, por intentarlo no pierdo nada.

Si me lo dieran con esa condición pediría a la compañía contraria la diferencia entre lo que me entregue la mía y lo que pagué por el coche 40 días antes del accidente, aportando las facturas; y si no me lo dan a no ser que me de por indemnizada... pues no acepto nada y voy a por todas contra la contraria.

Qué os parece? Muchas gracias!
03/10/2013 17:08
Buenas tardes, pues tú misma, si te sale a cuenta puedes ir directamente a la segunda opción, porque, como bien dijo kapitan, no esperes que te acepten esa condición.
Saludos,
03/10/2013 17:09
Yo creo que si no aceptas la indemnización que te dan y les exiges lo que pagaste 40 días antes, te lo darán, por las buenas o por resolución judicial. En 40 días no se deprecia un coche usado.
No te soltarán la gallina si no renuncias a reclamar más.