efectivamente pues el inquilino no tiene voto en asmblea, el propietario si. ademas no solo estamos para cobrar, tb para resolver problemas de nuestros inmuebles
El inquilino puede reclamar al seguro del causante, (el vecino o la comunidad), la garantía afectada es la RC Responsabilidad Civil del causante, el inquilino debe hacerlo a través de su propia póliza de seguros, aunque en España los daños directos siempre son cubiertos por las aseguradoras, los perjuicios son mucho mas complicados de justificar y hay mucha menos jurisprudencia al respecto, si es de su interés conozco un abogado especializado en reclamaciones a compañías de seguros, saludos.
Mi duda es la siguiente:
Soy dueño de un local comercial que tengo alquilado. El inquilino me ha comentado que un dia no ha podido abrir el local porque no tenia agua. Por lo visto, se tuvo que cortar el agua a parte de los vecinos del inmueble por una fuga, no se si la averia era de un vecino en particular o de una general de la Comunidad. Independientemente, puede reclamar el inquilino al Seguro de la Comunidad o del vecino en particular que tenia la fuga, una indemnizacion por no poder haber abierto ese dia su negocio? El agua es indispensable para el funcionamiento del mismo. Gracias.