Generalmente la jurisprudencia que estoy consultando no considera indemnizable en vía de responsabilidad civil llamar a alguien gilipollas. Pero si alguien tiene jurisprudencia en contrario lo agradecería. Un saludo y gracias. :)
Puedes mirarte Sentencia de la AP de Albacete de 26 de marzo de 2004, El Derecho 2004/16567, si bien el insulto fue más grave (puta, en concreto). En dicha resolución llegó a aumentarse la cantidad impuesta por el juzgador a quo en concepto de responsabilidad civil. ( de 300 a 900 euros, creo recordar).
Puedes mirarte Sentencia de la AP de Albacete de 26 de marzo de 2004, El Derecho 2004/16567, si bien el insulto fue más grave (puta, en concreto). En dicha resolución llegó a aumentarse la cantidad impuesta por el juzgador a quo en concepto de responsabilidad civil. ( de 300 a 900 euros, creo recordar).
Maica, el año pasado sobre el mes de octubre ó noviembre se dió la noticia de un profesor del IES Santiago Apóstol de Almendralejo, condenado por llamar “gilipollas” a un alumno, en el marco de un contexto, de continuas provocaciones.
Igual te sirve de algo. Un saludo
Una sentencia del 2005, de la que en este momento no tengo su referencia, por llamar tonto una persona a un agente de la autoridad, el Juez en su resoluciónle impuso en concepto de responsabilidad civil 120 euros.-
UN SALUDO
Hola!
Por lo que se ve eso de las injurias no se rige por un criterio objetivo ninguno, pues me parece muy sorprendente que a Rubiales se le haya pretendido absolver habiéndonos insultado a todos los españoles, mientras a otros les condenan por injuriar o insultar a una sola persona.