Buenas tardes amigos/as foreras,
Tengo una duda con una asunto y agradeceria si algún compañero me podría echar una mano. Voy a reclamar a la comunidad de propietarios por un tema de daños y perjuicios por inhabitabilidad de vivienda, ya que las obras necesarias a realizar en el edificio afectan a la vivienda del cliente y no puede habitarla. En base a qué criterios se establece la indemnización de inhabitabilidad si se ha acudido a casa de un familiar y no a un hotel? Muchas gracias amigos.