Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Indemnización por despido

11 Comentarios
 
Indemnización por despido
22/08/2007 13:30

La duda que tengo es la siguiente:

una persona esta trabajando en una empresa desde el 2000 a jornada completa y en el 2005 solicita una reduccion de jornada e dos horas, mi pregunta es si le hago la liquidación el salario que tengo que tener en cuenta es el de ahora o tengo que calcular el tiempo a jornada completa y luego el de reduccion.
Gracias.
22/08/2007 13:35
¿que tipo de despido es? ¿o es finalizacion de contrato?
¿la reduccion de jornada es por guarda legal?
22/08/2007 13:42
Perdon la reduccion es por guarda legal si
22/08/2007 13:50
Como ya te comentaba, si lo vais a reconocer improcedente, si el trabajador recurre es despido nulo.
22/08/2007 14:20
De todas las formas, independientemente de la nulidad necesito saber como tengo que calcular la indemnizacion de los 45 dias.
22/08/2007 14:22
Ya te conteste en el otro post, Sece.
Con el salario antes de la reduccion, a jornada completa..
un saludo
22/08/2007 14:32
Como bien dice DUNE, en reducción de jornada por guarda legal no hay despido improcedente, sino NULO, por lo cual reconocer la improcedencia es abocarse al nulo. La única opción es intentar un despido procedente.
22/08/2007 14:34
Mark9 tiene razon, pero creo que Sece lo tiene controlado. Tal vez la propia trabajadora lo acepta, por motivos personales..Ellos sabran..
22/08/2007 14:39
El tema es que creo que la trabajadora lo acepta de eso se trata de que lo firme, no obstante lo de tener en cuenta los salarios a tiempo completo no lo entiendo es decir tengo que calcular desde el 2000 hasta fecha de hoy a tiempo completo.

Gracias por vuestras respuestas
22/08/2007 16:17
Ponte en manos de un abogao y procurador
23/08/2007 09:07
La indemnizacion se calcula como si estuviese a tiempo completo, si, existe jurisprudencia al respecto.
23/08/2007 11:14
Estoy de acuerdo contigo dune he leido un articulo en la redaccion nueva del real decreto del 2006, en el que así lo regula, el problema es que el empresario dice que es injusto pagarle esos dos años de jornada reducida como si fuera completa a efectos de indemnizacion , porque dice que el la jornada reducida la solicito ella y que no es normal, ya sabes los empresarios admiten las normas, pero luego aprietan.