También estoy de acuerdo con adita, y de paso con el Tribunal Supremo. Es equiparable a salario (es como si se hubiera cobrado con retraso una parte adeudada del salario durante todo el contrato laboral), luego será privativa la parte proporcional al tiempo que no había sociedad de gananciales y ganancial la parte correspondiente al periodo ganancial.
Sin embargo si el despido se produce después de la disolución de gananciales será enteramente privativo. Posiblemente sea esto de lo que hable Karlos67, lo desconozco.
En primer lugar ¿cuando percibes la indemnizacion esta ya disuelta la sociedad de gananciales? De ser asi (haberse disuelto) la indemnizacion es privativa, en caso contrario, es ganancial (tiene su origen en el trabajo (art 1347.1 CC), y coincido con adita en los periodos calculados
Si no me equivoco, las indemnizaciones por despido laboral son privativas desde el primer hasta el último día. No tiene porque soltar un solo céntimo de euro a su ex. Yo percibí una indemnización hace unos años por el mismo concepto, y en ningún momento, se me reclamó nada desde la parte contraria. Y le aseguro, conociendo al personal,(Artículo primero y principal), que si le hubiera correspondido algo, lo hubiera reclamado, aunque le costara el doble en costas judiciales. Me puedo equivocar, porque las leyes cambian, pero yo me informaría muy bien antes de dar nada por hecho, y menos dar un dinero sin saber si existe la obligatoriedad de darlo.
En el año 2010 me casé en régimen de gananciales y en el año 2014 recibo una indemnización por despido improcedente de mi trabajo realizado desde el año 2000 hasta el 2014. Ahora me he separado. ¿Dicha indemnización es privativa o ganancial?