Hola otra vez. Tengo que calcular una indemnizacion por despido improcedente (45 días de salario) a una trabajadora que a parte de los conceptos que se le paga por convenio, cobra todo los meses unas comisiones por ventas. Mi pregunta es si dichas comisiones las tengo que incluir en el cálculo, y si es así como los hago calculando una media de lo que ha cobrado todo el año. La verdad que estoy un poco perdido. Gracias
Yo creo que las comisiones a efectos de establecer el valor de la indemnización, se establecen como bien dices, calculando el valor día de las que ha percibido en el año anterior a la fecha en que se prioduce el despido.