pues asi ha sido hasta esta sentencia, y por eso es tan importante.
Parece ser que por cuantía de la reclamación no cabe recurso al TSJ e iría sirectamente al TS, ¿es correcto?
gracias por la información pero ya había hecho mis propias pesquisas y ninguna de esas sentencias se aplicaba a educación, a profesores
Sin embargo, esta, de ayer lunes sí:
Pregunta por los despidos interinos funcionarios si hay stas, bueno he encontrado esto en la pagina de "cita previa inem"...
Las recientes sentencias del Tribunal de Justicia Europeo, reconocen a los trabajadores interinos en las administraciones públicas algunos derechos, como el de ser indemnizacios al terminar la sustitución, que hasta ahora se les habían denegado. Como consecuencia de ello, la administración ha iniciado un proceso para intentar reducir el porcentaje de interinidad.
Los juzgados comienzan a reconocer el derecho de los interinos de la administración a recibir indemnización por fin de contrato
Sentencia reconoce indemnización interinos
Varias sentencias de los Juzgados de lo Social comienzan a reconocer el derecho de los interinos que trabajan para la administración a cobrar una indemnización por fin de contrato.
Para una trabajadora que estuvo contratada durante 9 años por la administración, supone cobrar una indemnización de 18.000 euros, que hasta ahora se había denegado. La batalla judicial aún no está cerrada.
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea comienza a ser aplicada en los Juzgados
El Juzgado de lo Social nº 8 de Bilbao reconoce el derecho de una trabajadora interina en la Diputación de Vizcaya a cobrar una indemnización de 18.000 euros por fin de contrato.
complementando mi respuesta anterior, debe tenerse en cuenta que a los interinos de educación, a diferencia de otros, se los nombra y cesa curso por curso.
Entonces, ¿el derecho a indemnización de cada cese termina con su nombramiento?.
¿Hay alguna web para ese cálculo de días?, a mi me sale algo más (74), siguiendo instrucciones de esa misma web que me pone usted
saludos
pero la duda la planteo aquí porque pregunto específicamente por FUNCIONARIOS INTERINOS DE EDUCACION (perdón por las mayúsculas), por lo que he leído las sentencia de Europa y las nacionales no se refieren a ellos.
Algunos Juzgados ya reconocen indemnización a los interinos
www.citapreviainem.es/interinos-temporales-derecho-indemnizacion-por-fin-contrato/
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea comienza a ser aplicada en los Juzgados
El Juzgado de lo Social nº 8 de Bilbao reconoce el derecho de una trabajadora interina en la Diputación de Vizcaya a cobrar una indemnización de 18.000 euros por fin de contrato.
Sobre el límite de plazo ya le he contestado en su otra consulta no obstante para el caso que nos plantea dice que seran 70 días:
2013 Sep/ junio 2014 20/días año, (10 meses 16,66 días de indemnización)
2014 sept/junio 2015 (16.66)
2015 sept/junio 2016 (16,66)
2016 sept/junio 2017 (16,66)
Por tanto 16,66 x 4 = 66,66 días
SMO
Indemnización por despido a funcionarios interinos de educación
hay mucho lío con este tema, y mucho buitre que quiere aprovecharse sin escrúpulos.
Les escribo para preguntarles si existe saben si existe ya alguna sentencia firme a favor o en contra al respecto, en cualquier lugar de la Península
Y también, díganme otra cosa: si sólo se puede reclamar cuatro años hacia atrás y cada cese sólo permite reclamar hasta el nombramiento que lo originó. Si te contratan en septiembre y te echan el 30 de junio, y contando desde 2013 hasta aquí (ahora), yo calculo que el máximo de días reclamables es de unos 70. ¿es correcto?, y si no, cuántos días serían?.