Pues le aconsejaron muy mal, en lo de que usted tenia que ponerse en contacto con la Cía contraria. Si fuese yo, cambiaba de compañía a la que pudiese.
Ahora, y como regalo a la "diligencia" de dicha compañía suya, yo iría a un letrado particular, que seguro que les cobra más por la asistencia que el letrado de la propia Cia.(no lo digo por la calidad en la asistencia) Estos últimos letrados de cia, por cierto, muy mal pagados por dichas cias. Reivindico. :=)
Gracias...estamos en la situación de siempre......o te licencias en 20 carreras para "saber" por donde te la pueden "colar" o pasas de todo y te vas a una isla desierta...en fin....
La tendencia a a la especialización actual hace que los ejemplos de personas multidisciplinares e, incluso, autodidactas, se quedasen aparcados en el Renacimiento.
Esta vez si que es la última.... un compañero me ha comentado que si padre atropello a un peatón al salir del garaje. Aparentemente se hicieron los partes correspondientes etc. Pasado el tiempo, y mediante un contacto en la Cía aseguradora, se enteró que la "victima" había recibido una indemnización millonaria. Me imagino, que para recibir esta indemnización, debió existir una denuncia, pero según me explica mi compañero, a su padre no le llegó "nada" parecido o similiar a una denuncia.
Mi pregunta es, ¿es esto posible?, es decir, ¿que el supuesto infractor no se entere de la denuncia porque todo se gestiona desde los gabinetes jurídicos de las mutuas?.
Lo que es posible es que el letrado del prejudicado negociase con la cia de RC y no llegasen a reclamar judicialmente, con lo que el que atropelló no se entera a no ser que pregunte a la Cía o le denuncien y le citen judicialmente.
Después de leer esto último, es cuando le recomiendo más encarecidamente que nunca que contrate los servicios de un abogado de su confianza que le tramite su accidente. No haga nada usted solo.
Si usted no ha sido el culpable del siniestro, su compañía se deberá hacer cargo de la minuta del abogado privado que usted contrate hasta el límite pactado y según los mínimos establecidos por el Colegio de Abogados correspondiente. Hable y pregunte a su compañía de seguros sobre este extremo. Y después contrate al abogado para interponer denuncia en el juzgado correspondiente.
Koka, yo tuve un caso muy similar al tuyo y entré para asesorarme en un foro similar a éste. Cuando ya creía haberme enterado de todo muy contenta yo me puse en contacto con la compañía. No tenía contratada en mi poliza servicio juridico así que pretendía ahorrarme el gasto de abogado, pues bien, la cía. me ofreció 1800 euros y no conseguí ni un centimo más después de multiples llamadas telefonicas, escritos, visitas, etc . Una vez que era imposible conseguir más me decidí a cobrar y la cía me obligaba a firmar un finiquito y una renuncia a cualquier problema futuro que pudiera tener, algo así. no firmé. Volvía a entrar en el foro, me puse en contac to con el abogado que me asesoró. Conclusión: cobré 6000 euros y mi abogado 600 ¿me compensó o nó? . Estudia la carrera si quieres, pero mientras tanto yo confiaría en algún albogado. Si tienes miedo a la tarifa, eso se habla, se pacta antes. Bueno, yo le pagué cuando cobré, no antes.En fin, tú mismo.
Los foros como este no suplen jamás la asistencia de un Letrado. Porque son opiniones que sólo se basan en los datos que da el consultante, sin disponer de los datos objetivos del caso para individualizar la respuesta.
Y, además, no sólo hay que tener información, sino que hay que saber aplicarla.
De lo contrario sería como si un paciente al cual el cirujano le ha explicado como funciona una operación de apendicitis decidiese operarse él mismo.
Si lo que preocupa es la minuta, se consulta pprimero con el Letrado en cuestión, como ya se ha apuntado.
Y, a las malas, hay que recordar que "todo beneficion" (aunque sea un derecho que legítimamente nos asiste) necesita de una inversión.
Y ya que estoy filosofando (al margen de la consulta del amigo koka), hemos de recordar que por lo menos el 50 por ciento de los asuntos que entran en los despachos de toda España son componendas y arreglos de lo que el cliente ha hecho mal por no asesorarse primero y que, en la mayoría de las ocasiones, tiene mal arreglo.
Aplicando dicha aseveración al ejemplo de la operación: El paciente, tras intentar operarse él solo de su apendicitis, llega al hospital de urgencias con la barriga abierta, los intestinos destrozados y una hemorragia de caballo.
Optio, ese fué exactamente mi caso, la compañía me ofreció 1800 euros basándose en datos que me pidió que aportara, me liaron. De haber sido el abogado el que me lo hubiera gestionado desde el principio hubiera tenido derecho a una indemnización m ás alta, pero yo solita metí la pata. Las compañías se las saben todas, los abogados también por eso están en igualdad de condiciones. Un saludo Optio.
Hola Pilar, como me indicas, tu caso fue parecido al mío, ¿cuánto tiempo estuviste en rehabilitación?, ¿cogiste la baja?....
Yo tengo que asesorarme si mi póliza cubre servicio jurídico, lo que me da "pena" es.
- Involucrar al conductor, que es "conocido".
- Que me bloqueen o retiren la reahabilitación (aunque estoy convencido que no pasan más de 15 sesiones en fisio).
- Que me tire meses con papeleos etc.
Hola Koke, yo estuve 2 meses con rehabilitacion en la Seguridad Social. No tuve baja porque no trabajo, soy becaria en una universidad, la Seguridad Social que tengo es por m i padre. El conductor era mi novio . Creo que te voy contestando a todo. Yo también tenía recelos pero te aseguro que lo mejor que hice fué contactar con un abogado, lo hice en un foro parecido a éste porque no conocía a ninguno y chico, lo volvería a hacer y se lo recomiendo a todo el mundo. No te complican la vida con papeleos, todo lo contrario te solucionan todo. Si tu conoces un abogado, adelante y si no, ponte en contacto con el que más confianza te haya dado de los que han ido interviniendo en el foro. No te arrepentirás. Un abrazo
En primer lugar, no se preocupe por el conductor contrario. Si una vez obtenida el alta médica y el fin de las sesiones de rehabilitación, no obtiene acuerdo amistoso con la aseguradora contraria, en cuanto a la indemnización (ya que parece que la culpa fue del contrario), y no han transcurrido más de seis meses desde la fecha del accidente, lo recomendable es interponer denuncia. ¿Por qué? Pues porque la vía penal es mucho más rápida que la civil en orden a cobrar la indemnización correspondiente.
Al conductor contrario no le va a ocurrir nada. Me refiero a que la indemnización la va a pagar su compañía de seguros. Y si hay que denunciar, es porque será la mejor salida para usted. Piense que existen casos, como el de Pilar, en que se denuncian a novios, maridos, esposas, mafres, hijos, padres, hermanos... Y es algo habitual y necesario: hay que denunciar al conductor, al propietario y a la compañía de seguros, si es que queremos cobrar la indemnización que nos corresponde. No se preocupe, al ir por juicio de faltas, al conductor contrario no le van a quedar ni siquiera antecedentes penales. Además, la denucnia no tiene por qué desembocar en un necesario juicio: se puede llegar a acuerdo antes del señalamiento del mismo.
Si denuncia, la compañía de seguros NO le puede bloquear las sesiones de rehabilitación. NO LO PUEDE DEJAR SIN ASISTENCIA. Así como tampoco le puede dar sólo 15 sesiones de rehabilitación si usted necesita más. Su abogado tendría que pelear esto.
En cuanto a lo del "papeleo", no tiene por qué estar meses con la estricta burocracia, para eso están los abogados.
Por todo lo que le he comentado anteriormente, y todo lo que le viene diciendo los otros foristas, es por lo que debería de acudir ya a un abogado de su confianza. Su póliza le debería cubrir la defensa jurídica hasta el límite que haya contratado. No he visto todavía ninguna póliza donde no se haya contratado también esta defensa.
Espero que le haya quedado todo un poco más claro. Si no, no due en preguntar, que para eso estamos.
Muchas Gracias, Ana y Optio. En la poliza he visto que tengo cubierto "Defensa penal y fianzas ilimitado", ¿eso significa que tengo cubierta la defensa jurídica (con minutas de abogados, etc)?.
Ana, yo no estoy de Baja, y por lo tanto no se si existe un parte de "alta" a nivel de "mutuas", es decir, yo tengo un diagnostico del médico de cabecera con el esguince, y desconozco si el Fisio es el que tiene que diagnosticar el Alta, o me tiene que examinar otro médico o traumatologo o mi médico de cabecera.
En efecto. Tienes cubierta la asistencia letrada. Ello significa que la Cía debe pagarte el abogado. Sea el de la propia Cía, sea uno particular de tu elección.
Quien te da el alta es el médico que te ha venido tratando.
Optio, gracias, y perdona que insista, pero lo que se dice "tratar"...no hay nadie que me tratara. Tengo un informe del médico de familia, donde realiza un informe de mis lesiones (esguince), y posteriormente, vino un "médico" de la Cía del contrario que me hizo un informe con mis datos, prácticamente no me hizo ninguna exploración. Es cierto que me indicó que se pondría en contacto conmigo para analizar la evolución, pero aún no me ha llamado. Este médico, fue quién gestiono las sesiones de Fisio, por lo tanto, lo del "alta" no se quién lo tiene que dar, si tengo que firmar algo cuando termine las sesiones, si me visitará el "medico" de otra Cía, si tengo que pasar nuevamente por la SS, si un especialista tiene que dar su opinión con otra prueba diagnóstica, etc.
Koka. ¿Y porqué no te pones en manos de un abogado a la de ya para que analice tu caso particular? Seguro que, ante el estudio de la documentación que le aportes, podrá resolver mejor tus dudas.
El médico que te ha de dar el alta es el médico de familia. El otro médico, el de la cia contraria, tan solo recaba datos para su cía para, llegado el momento, saber tu evolución y pagarte menos y no pinta nada en tu alta.
En resumidas cuentas:
Medico de la cia contraria Cía contraria: los malos.
Personalmente, no me gusta que los médicos de compañías vean a mis clientes, sobre todo si son de la compañía que tiene que pagar después la indemnización. Al fin y al cabo, ese médico no va a curar, sino que como muy bien ha dicho ya optio, lo único que hace ese médico es tener un seguimiento para después valorar las secuelas a la baja. Por tanto, si no ve al lesionado, sólo estarán los informes del médico independiente.
No me canso de repetirlo: es necesario que acuda ya a un abogado (su compañía le costeará los honorarios dentro de los límites mínimos que impone cada Colegio de Abogados), y que sea este abogado quien le vaya indicando los pasos a seguir, que sea este abogado quien, a la vista de la documentación aportada, le diga si el médico de la compañía puede verlo o no, y cuándo; que sea este abogado quien valore, a la vista de toda la documentación, si es necesario interponer denuncia; que sea este abogado, quien a la vista de los informes médicos, le diga si deben tratarlo en otro centro médico o no... En fin, que sea este abogado quien vele celosamente por lo que es suyo y le corresponde de indemnización. No es recomendable quedarse sólo con lo que se lee en los foros, como ya le han comentado por ahí, son foros de opinión, pero no de soluciones concretas,pues es necesario recopilar información documental a la que no se tiene acceso desde este foro. La decisión es suya, nosotros sólo aconsejamos.