Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

indemnizacion por accidente laboral

5 Comentarios
 
Indemnizacion por accidente laboral
10/10/2008 10:31
Hace 9 meses un familiar tuvo un accidente de trabajo por el que le han dado la incapacidad total,fue al abogado de un sindicato y le dijeron que hasta que no le notificaran la resolución de la incapacidad no tenía que hacer ningún tramite para reclamar la indemnización. Ahora nos han dicho que tenía que haber puesto una denuncia en el plazo de 6 meses, plazo que ya se ha agotado. Mi pregunta es si hemos perdido todo derecho a la indemnización, que se puede intentar por la vía civil, en este caso, ¿que tipo de indeminización correspondería? Gracias
10/10/2008 11:06
Hola,

vamos a ver, vuelve a concertar una vista con el abogado del sindicato, porque una de dos, o te asesoró mal o tú no lo entendiste bien.

El plazo de 6 meses, es para interponer una denuncia penal, lo que es habitual en los accidentes de tráfico para reclamar la indemnización a la compañía de seguros, pasado ese plazo si no se interpone denuncia penal hay que acudir a la jurisdicción civil.

No obstante, en la jurisdicción laboral, las cosas cambian bastante e independientemente, de la acción penal, cabe la posibilidad dereclamar las indemnizaciones que se pudieran establecer por convenio colectivo, al tratarse de un accidente de trabajo, por lo que el plazo en ningún momento es el de 6 meses, y menos aún a partir del accidente, en todo caso, desde la resolución del INSS declarando la IPT, más discutible es si el plazo de prescripción es de 1 año o de 5, pero 6 meses ni hablar.

Y por otra parte, dile a tu abogado que estudie la posibilidad de instar el procedimiento de recargo de prestaciones, que si le han reconocido una IPT, tu familiar no se puede dejar escapar ésta posibilidad.

Un saludo.
10/10/2008 11:15
El abogado del sindicato nos dijo que no teniamos que hacer ningún tramite hasta la resolución, pero ahora nos han dicho que al no haber interpuesto la denuncia penal hemos perdido la indemnización importante. Lo que me gustaría saber es que tipo de indeminización nos puede corresponder por lo civil. Muchas gracias
10/10/2008 11:28
marinen, no sé si preguntas por la cantidad de indemnización o por tipo de ella.

Si te ferieres al tipo, la de daños y perjuicios, si te refieres a su importe, para responderte correctamente deberíamos saber todos los detalles del accidente, días de baja, secuelas ... etc.

Pero, tratándose de un accidente de trabajo no sé porqué os complicais tanto la vida queriéndo acudir a la vía civil, ¿no es más fácil la vía laboral? y que además las posibilidades son más amplias... es que hay cosas que nunca entenderé.

Insisto, vuelve a acudir al abogado del sindicato para que os lo vuelva a explicar, porque hay cosas que no cuandran, y si no os convence acudid a otro abogado.

Un saludo.
10/10/2008 12:12
Perdona, a lo mejor me explico mal, yo no se si es más complicado el civil o el laboral, nos han dicho que van a ver qué se puede hacer, porque por lo penal ya no se puede hacer nada.
El accidente ocurrió hace 9 meses y le tuvieron que amputar una pierna, en septiembre le notificaron la concesión de la pensión por IT, pero él no ha denunciado a la empresa. Gracias
10/10/2008 12:16
pues ... yo yengo clarísimo lo que se tiene que hacer.

Un saludo.