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indemnización por accidente de tráfico sin haber cogido baja laboral

4 Comentarios
 
Indemnización por accidente de tráfico sin haber cogido baja laboral
27/09/2012 17:15
Me explico, un señor tiene un accidente de trafico, culpa exclusiva del otro (además positivo en alcoholemia). Este señor tiene lesiones cervicales y acude durante 2 meses a sesiones de rehabilitación. Ahora le dan el alta en las rehabilitaciónes y le dicen que le indemnizan con 60 días no impeditivos. Puedo aceptar la indemnización y luego presentar denuncia a ver si el forense determina días impeditivos??
27/09/2012 17:52
Hola

Yo no la aceptaría, podrías hacerlo en todo caso como "pago a cuenta", pero la cia normalmente no lo aceptará, ya que hará firmar a tu cliente un documento de finiquito y de renuncia a las acciones civiles y penales al haber sido ya indemnizado.
Lo más prudente, segun mi criterio y salvo mejor opinión, es presentar denuncia (ojo, antes de 6 meses desde el accidente), que pase por reconocimiento forense y que valore el forense sus lesiones.
Yo he sido abogado de cia durante 6 años, y normalmente las ofertas suelen ser inferiores a lo que posteriormente valoran los forenses (aunque no siempre, a veces hay sorpresas)
27/09/2012 18:01
Gracias cohecialegis,

Esa es la incognita, pues al no haber cogido baja, puede incluso que el forense no dé los 60 días no impeditivos. La triquiñuela está en que sí la compañía te paga la oferta como "pago a cuenta" (que a veces si lo hacen por los intereses), si una vez examinado por el forense dá menos días, pues renuncias (como ya has cobrado) y si te dá algunos como impeditivos, pues ya negocias. Podría ser??
27/09/2012 18:11
Podría ser si la acepta como pago a cuenta de lo debido, y en todo caso que tu cliente haga constar expresamente por escrito que el pago del importe que se ofrece no supone que renuncia al ejercicio de futuras acciones en el caso de que la indemnización percibida fuera inferior a la que pueda corresponderle.
Y sobre todo y ante todo, que no firme ninguna renuncia a las acciones.
Con todo lo anterior debidamente firmado y por escrito, pones la denuncia, y santas pascuas. Si el forense es superior a lo que le han ofrecido, reclamas la diferencia, y si es inferior renuncias.
27/09/2012 18:29
Muchas gracias coherencialegis.

Creo que lo intentaré de ese modo!!

Graciass