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indemnizacion juicio por agresiones

2 Comentarios
 
25/06/2013 22:07
En mi opinión, debería descubrir las fuentes de ingresos del denunciado.
Una vez informe al Juzgado, éste será el que determine cómo y cuándo podrá cobrar.
Espero haberle ayudado,
Victor_Penal@indiciodigital.es
25/06/2013 20:59
Si la otra parte es insolvente pues por el momento te vas a quedar sin cobrar, si no hay bienes... pues no los hay...
Habria que saber si la indemnizacion que te tienen que pagar es en concepto de multa penal o de responsabilidad civil, si estamos hablando de una multa penal, este pago de indemnizacion se sustituye en caso de impago por la responsabilidad personal sustitutoria, o sea por dias de carcel en caso de impago o insolvencia. Por el contrario si hablamos de responsabilidad civil, (como creo que debe ser el caso), no hay carcel en caso de impago y solo queda esperar a que la persona tenga algun bien, cuenta bancaria o se ponga a trabajar para que tu cobres. Cuando hay una responsabilidad civil pendiente de pago el juzgado pone al condenado una orden permanente de embargo sobre sus bienes y en cuanto el condenado tenga algo se lo embargan y te llaman a ti para cobrar, el juzgado hace como si fuera una camara de compensacion (le cobra a el y te lo da a ti) pero si de momento no hay bienes pues a esperar, otra cosa no puedes hacer.
Indemnizacion juicio por agresiones
25/06/2013 15:26
He tenido un juicio penal por agresiones y en la sentencia se condena a la otra parte a indemnizarme con 2985 euros. La sentencia ya es firme. La otra parte se ha declarado insolvente.
¿Podré cobrar la indemnizacion?
¿Que tendría que hacer que hacer para cobrarla?
Gracias un saludo