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Indemnización jubilación empresario S.L.

3 Comentarios
 
28/07/2010 13:22
El despido es de 20 días solamente en el caso de que el trabajador no reclame o sea declarado procedente, si no, puede ser de 33 o 45 días dependiendo del tipo de contrato que tengan. Para que pague el fogasa, tiene que haber insolvencia empresarial,
28/07/2010 12:04
Muchas gracias pacog.
Creo que ya me queda claro porque los trabajadores estaban convencidos de que se iban sólo con 1 mes y el paro.
Aparte se me olvidó comentar que tiene problemas económicos, pero creo que el despido sería tb de 20 días independientemente si lo pago el empresario o el fogasa ¿no?
Un saludo.
28/07/2010 11:28
Las sociedades mercantiles tienen personalidad jurídica propia. Esto implica que la jubilación de uno de los socios, o del socio único en su caso, NO EXTINGUE el contrato de los trabajadores, pues la sociedad no se jubila. En todo caso, tendrían que realizar un despido por cese de actividad, con una indemnización de 20 días por año.
Indemnización jubilación empresario s.l.
28/07/2010 11:19
Mi marido trabaja en una S.L. (no se el nº de socios). Al parecer el empresario quiere cerrar la empresa por jubilación. No tengo claro si le pertenecen x indemnización 1 mes de salario o 20 días x año, ya que llamé al Ministerio de Trabajo (Madrid) y me dijeron que sólo 1 mes. Pero he leido en otros foros que no es así y el Estatuto de los Trabajadores tampoco queda claro.
No sé si el empresario podría hacer alguna trampa para evitarse las indemnizaciones.
Gracias por vuestra ayuda.