Trabajo desde hace seis años para una empresa con un contrato por obra y servicio de 40 horas, de lunes a domingo. Mi actual empresa ha rescindido el contrato con la mercantil principal para la que hace el servicio y, aunque inicialmente la empresa que cesa nos informó de que nos subrogaría la nueva empresa entrante, hace unos días nos comunicó que no sería así. La empresa que cesa nos ofrece una indemnización de ocho días por año trabajado, pese a que llevamos seis años trabajando. Y ahora, la empresa entrante me modifica sustancialmente las condiciones económicas, pasando de 40 a 28 horas con el consiguiente perjuicio económico. Qué posibilidades tengo en caso de recurrir a la autoridad laboral? Gracias.
Todo dependerá de si el convenio de aplicación a su trabajo recoge el derecho de subrogación de los trabajadores en cuestión, si así fuese, demanden ustedes esa situación ante el juzgado de lo social y la empresa entrante deberá de respetarles jornada, conv. colectivo a aplicar, salarios y demas derechos que tienen en la actualidad.
En cuanto a la jornada, todo dependerá de la jornada que haya contratado la nueva empresa con la principal ya que si la principal reduce el horario pues clar la emopresa que asume el servicio no puede contratarle por mas horas de las que tiene concedidas.
La indemnización de 12 días/año es la correspondiente a ctos de obra y servicio pero siempre que finalizce la obra que no es el caso por lo tanto como mínimo le correspondería la concerniente a un despido por causas objetivas de 20 días/año.
Uno es lo que dice de mano la empresa que asume el servicio y otro muy distinto lo que les dira el juez, ustedes en principio demanden por incumplimiento del derecho de subrogación (si es que lo tienen reflejado en convenio), y sino por despido improcedente ya vera lo poco que tardan en hacerles otras propuestas.
Salvo mejor opinión.
La empresa entrante me presentó hoy el nuevo contrato, de 28 horas, y junto a él, un documento en el que me obligaba a renunciar a cualquier derecho derivado de mi relación contractual con la empresa anterior, es decir antigüedad y finiquito. Explícitamente el documento que me obligaban a firmar señalaba que RENUNCIABA a cualquier reclamación a la nueva empresa (subrogación, finiquito). A los dos documentos he firmado pero destacando NO CONFORME. El responsable me ha advertido que en cuanto el documento llegue a recursos humanos, éstos denegarán la contratación. Es legal? Cuál es el paso a seguir? En caso de recurrir a la autoridad laboral debería demandar a las tres empresas, (entrante, saliente y principal para la que se cubre el servicio). Gracias.
Dices que trabajas desde hace 6 años para una empresa (la llamaré A) con un contrato de obra o servicio.
Interpreto que durante esos 6 años has estado prestando tus servicios SIEMPRE Y ÚNICAMENTE para la empresa B (nunca para otras empresas) con un contrato hecho por la empresa A. ¿ES ASÍ?
Cuando dices "la empresa que cesa", te refieres a la A o a la B. O sea, a que la empresa B, por los motivos que sean, ha decidido rescindir su contrato con la empresa A o a que la empresa A pasa ahora a ser la empresa C, subrogando a todos sus empleados con contrato INDEFINIDO a la empresa C?
¿Cuando hablas de subrogación por parte de la empresa C, alguna de las empresas (A, B o C) te lo ha dado por escrito?
En mi opinión, si tu contrato con la empresa A fue anterior al 18 de junio 2010, no hay límite de tiempo en los contratos de obra o servicio y la indemnización que te corresponde es de 8 días de salario por cada año de servicio prestado (lo que te dice la empresa).
Lo que no entiendo es por qué esa indemnización te la pagaría la empresa B y no la A.
Me baso en lo que indica el enlace que te pongo, a continuación:
http://www.empleo.gob.es/es/guia/texto/guia_4/contenidos/guia_4_11_11.htm.
Creo que, en tu caso, es muy importante que aclares lo que quieres decir con "la empresa que cesa". ¿Qué empresa "cesa", la empresa A con la que tienes el contrato por obra o servicio o la empresa B en la que prestabas tus servicios?
Gracias, Amperio.
La verdad que no sé si meterme en líos judiciales pero lo cierto es que me dejan en una situación verdaderamente precaria.
Efectivamente, trabajo desde hace 6 años para una empresa ( A) con un contrato de obra o servicio. Durante esos 6 años he estado prestando los servicios SIEMPRE Y ÚNICAMENTE para la empresa B (nunca para otras empresas) con un contrato hecho por la empresa A. La empresa B (que es la principal, y la que recibe el servicio) ha rescindido el contrato con la empresa A. Por lo que, la empresa B ha contratado a otra, la llamaré C. (Tanto la empresa A como la C son subcontratas diferentes, para que os hagáis una idea son como empresas de seguridad). Pero ahora la C, la nueva subcontrata que prestará los servicios para la B, me contrata sin respetar antigüedad, salario y condiciones. Me han ofrecido un contrato de 28 horas, cuando en realidad voy a trabajar el mismo tiempo con un salario bastante inferior. Y la empresa anterior, la A, me da una indemnización de ocho días por año trabajado –llevo seis años con ellos, -a los tres años me volvieron a renovar-. Entiendo que hay subrogación. De hecho, cuando los representantes de la A vinieron a comunicarme que acaban la obra y servicio me entregaron un documento como que la C me subrogaría. Finalmente no fue así. Muchísimas gracias por vuestra ayuda.
Si como ya le dije en su convenio de aplicación viene recogido el derecho de subrogación deberá usted de demandar a las tres empresas, entrante saliente y titular del servicio, y usted no tiene que firmar ningún nuevo cto, es lo que ellos quieren para hacerle renunciar a sus derechos de antigüedad, aplicación de convenio, jornada de trabajo, horarios, salario, etc...Mire su convenio, en el sector de Seguridad Privada si viene recogido ese derecho en el art 14, pero usted no nos termina de decir que actividad realiza o que convenio le atañe a usted.
Ésta es mi opinión, en función de la interpretación que hago de los datos que nos aportas.
En principio, la empresa A está actuando correctamente y yo no veo motivos para que la denuncies.
Me explico. La empresa B ha rescindido el contrato con la empresa A. Por lo tanto, la empresa A está en su derecho de dar por finalizado tu contrato de obra o servicio.
Como tu contrato es anterior al 18 de junio 2010, no hay límite de tiempo de contrato y la indeminzación es de ocho días de salario por cada año de servicio.
¿Cuando dices "a los tres años me volvieron a renovar", quieres decir que te hicieron un "nuevo contrato" por obra o servicio o sólo has firmado UN contrato con la empresa A? Interpreto que, en el caso de que hubieras firmado "un nuevo contrato" fue antes del 18 de junio 2010. ¿Es así?
La empresa C no tendría por qué subrogarte, ni respetar salario, antigüedad y condiciones. Ella te ofrece un NUEVO puesto de trabajo con unas condiciones diferentes a las de la empresa A. Tú las puedes aceptar o no. Ahora bien, siempre que respete lo establecido por la ley. Si te hace un contrato de 28 horas, tendrás que trabajar 28 horas y no 40 horas. Sería interesante saber qué contrato ha firmado la empresa C con la empresa B. Para poder denunciar, tendrías que aceptar el contrato de la empresa C y, si no cumple con las horas de trabajo, denunciar ante a la Inspección de Trabajo.
Después de este rollo, hay algunas cosas que considero importantes saber.
¿Podrías citar el texto del documento que te entregó la empresa A donde te comunicaba que la empresa C te subrogaría? ¿Ese documento está firmado por la empresa?
¿Existe alguna relación entre la empresa A y la C o son independientes?
¿En qué trabajas? ¿No será en el sector de limpieza (entónces cambiaría la cosa)?
¿Cúal es el convenio colectivo de tu empresa? ¿Dice algo sobre subrogaciones?
Amperio, esto es típico del sector servicios, (Seg. Privada, Empresas de limpieza...etc), en este sector, por la continua variación de los ctos de las empresas con las empresas clientes, para proteger a los trabajadores existe el denominado derecho de subrogación y como tal la empresa saliente, a la que habéis denominado A, es responsable de la situación en la que queda el trabajador durante los tres primeros años una vez realizada la subrogación por tanto es necesario incluirla en la demanda, a la empresa que asume el servicio o empresa C, debe respetar todos los derechos del trabajador al que debe de subrogar, si la empresa B o cliente reduce las horeas de cto, pues el trabajador vera mermada su jornada por esa causa y por último la empresa C quiere librarse del trabajador de la empresa A pero no puede hacerlo y la empresa B debe ser incluida en la demanda porque es responsable subsidiaria del trabajador que presta servicio en sus instalaciones, por lo tanto debe demandar a las tres empresas, todo esto si el convenio a aplicar tiene recogido ese articulo.
Saludos.
hola,soy nueva.trabajo en una empresa de limpieza desde hace 7 años.mi trabajo es la limpieza de portales.uno de ellos cambia a otra empresa,y quisiera saber que obligacion tiene a subrogarme y cuanti tiempo tengo para acogerme a el.
Siento no haber podido aportar el convenio colectivo al que pertenezco, pero al fin ayer lo averigüé. Trabajo en una productora y estoy en el de la industria del audiovisual. Cuando firmé el contrato con la nueva empresa firmé con el añadido de NO CONFORME en tanto que me reducían drásticamente la jornada laboral. Me dicen que debo firmar de nuevo omitiendo NO CONFORME, sino se verán obligados a prescindir de mí.
Por un lado, entiendo que no vas a firmar un nuevo contrato, poniendo NO CONFORME, porque es ilógico (si no se está conforme, no se firma el contrato).
Por otro lado, dado que está el tema de la subrogación, NO SÉ si podrías firmar el "nuevo" contrato sin poner NO CONFORME y proceder a denunciar a las empresas A, B y C, DESPUÉS de firmado el "nuevo" contrato y de haber renunciado, por escrito, a reclamar la subrogación y el finiquito (para mi esto es coacción y creo que lo podrías utilizar en un juicio).
Además tienes un documento de la empresa A donde te informa de la subrogación a la empresa C.
Por último, si denuncias a las 3 empresas y NO firmas el "nuevo" contrato, me imagino que te quedarás sin trabajo hasta que haya una sentencia judicial a tu favor (si es que es a tu favor).
En lo que se refiere a la reducción de jornada, en mi opinión, si la empresa B ha firmado un contrato de menos horas con la empresa C, pienso que sería legal que te redujeran la jornada laboral, independientemente del tema de la subrogación.
¿Tendría que denunciar YA a las 3 empresas por despido improcedente, al no haber sido subrogado por la empresa C y no firmar el "nuevo" contrato con la empresa C?
Tiene, además, un documento de la empresa A, donde le indica que la empresa C le subrogaría.
¿Podría firmar el "nuevo" contrato con la empresa C (sin poner NO conforme, claro) y el documento en el que renuncia a reclamar la subrogación y el finiquito? En este aso, podría, después denunciar a las 3 empresas?
¿Qué tiene que hacer y qué plazos tiene para poder denunciar?
Amperio, ya lo deje en su momento bien claro lo que debe hacer, debe demandar a las tres emnpresas, lo de firmar un nuevo cto ¿porque crees que le presionan con que o firma el nuevo cto se veran obligados a prescindir de ella?, simplemenrte por que si denuncia por no subrogación lo tiene ganada, (siempre que venga ese derecho en convenio ya que entiendo que si la primera empresa (A) le firma un papel asegurandoselo es porque que viene recogido en el convenio de aplicación, el cúal sigo sin saber ¿cual es?).
Decir tb que despedir pueden despedir cuando quireran pero pagando así que te niegas a firmar ningún nuevo cto.
En cuanto al horario, si a la empresa entrante la contrataron con menos horas es normal que le impongan esa reducción, pero esta reducción no obliga a hacer un nuevo cto porque seguro que si le imponen un nuevo cto seguro que le quitan mas derechos, como probablemente la antigüedad, o la aplicación del convenio actual por uno mas bajo.
Y por último `para reclamar esto ante el juzgado de lo social tiene 20 días desde el hecho causante , y éste post se inicio el 26 de diciembre así que le queda poco plazo así que a correr, mire acuda usted mañana mismo a un sindicato o abogado y presente de inmediato la demanda.
SMO. (a partír de ahora cada vez que quiera poner salvo mejor oipinión lo haré de esta forma).
Gracias, así lo haré. El convenio ya lo dije, el de la industria del audiovisual. Y sí hace unos días visité a un abogado laboralista pero no me convenció, de ahí que haya solicitado vuestra ayuda. Según él, sólo puedo demandar por despido improcedente pero la cuestión de la subrogación me dice que es interpretable. Mi convenio así lo reconoce pero bien es cierto que habla de un servicio que se realice a través de concurso público u oferta pública de contratación, que no es el caso.