Si el derecho a ser indemnizado se encuentra en la existencia misma de un contrato de seguro, entonces, en mi opinión, habría que analizar, si la acción judicial que el asegurado tiene para reclamar frente a la aseguradora, ha prescrito o no. En éste caso, las acciones tratándose de un seguro que afecta a las personas, prescribirían a los 5 años.
Si, se trata de una indemnización por baja laboral. La empresa en la que trabajaba cerro y la parte proporcional a la indemnización no me la abona FOGASA sino que corre a cargo del seguro... Pero debido a esto me he qedado sin nada
Al margen de la responsabilidad en la que haya podido incurrir la gestoría, ¿podría aclarar de que hecho en concreto surge la indemnización que el seguro debía de abonarle?
Tengo pruebas ya que es documentación que se debió presentar en plazo y ellos lo mandaron meses después al seguro... Y era documentación que ellos tenían en su poder desde hacía tiempo. La gestoria no se quiere hacer responsable de nada...
Antes de acudir a los Tribunales debes tener prueba suficiente del error de la gestoría y de que ese error te ha producido los perjuicios que indicas.
También puedes hablar con la Gestoría por si reconocen su responsabilidad y tienen un seguro que lo cubra.
buenos dias, resulta que debido a un error por parte de mi gestoria entregue unos papeles fuera de plazo a mi seguro y por ello (art 44LGSS) no me pagan la indemnizacion que me corresponde. Estoy pensando en demandar a la gestoria, pero no se muy bien como enfocarlo? si me pudierais ayudar.... me deben 6.000 euros, que no es ninguna tonter¡ia y debido a la negligencia de la gestoria no los voy a ver. Muchas gracias