estando la empresa en concurso de acreedores, que puede hacer un trabajador para cobrar una indemnización por extinción por modificacion contractual (art 41 ET) que esta impagada. En principio el FOGASA no responde de estas indemnizaciones ¿hay que presentar demanda en el mercantil?¿hay alguna posibilidad con el FOGASA?.
Lo que tendrás que poner es una reclamación de cantidad. Si la indemnización no supera los 6.000 € puedes poner diréctamente un monitorio en el Juzgado de lo social:
Si supera dicha cantidad el proceso varía y tendrías que presentar primero papeleta de conciliación ante el servicio de mediación y arbitraje, antes de interponer demanda, si no existe avenencia.