Con un contrato fijo discontinuo trabajando para una empresa X,pero esta empresa tiene una concesion de una empresa Z que se renueva cada año.
Si la empresa Z no le renueva la concesion se acaba mi trabajo.
La duda es que si tengo derecho a indemnizacion de la empresa X por despido causas objetivas de 20 dias por año trabajado o por el contrario este tipo de contrato me deja sin indemnizacion y en la calle ?
Todo dependerá de como finalice la concesión, es decir usted es trabajador de la empresa X, si la empresa Z no le renueva el cto y se lo da a una nueva empresa por ej. Y ustedes tienen la opción de pasar con esta nueva empresa, (ya sea por convenio por el dcho de subrogación, como no nos dice ni la actividad, ni el convenio, ni nada pues...), de no actuar el dcho de subrogación estaríamos al art 44 ET sobre sucesión de empresas. Dicho esto, si la empresa Z no continuase la actividad y no hubiese nueva empresa pues usted es trabajador de la empresa X por tanto esta al no poder darle nueva actividad seria un despido objetivo con indemnización de 20 días.
SMO
Gracias por responder .Voy a una entrevista de trabajo en que publican que es contrato fijo discontinuo y antes de la entrevista queria informarme sobre los derechos que tendre con este contrato.
La empresa X que me contrata es un servicio de prevencion de riesgos laborales,el contrato es de 6 horas al dia.
La empresa Z aun no se a que se dedica. El puesto de trabajo es de medico de empresa.
No se a que convenio voy a pertenecer.
Entiendo que hay diferentes posibilidades,a ver si lo que digo es correcto:
1 Que la empresa Z no renueve la concesion a la empresa X y le de la concesion a una empresa W. En este caso tendria derecho a subrogacion y ser contratado por la empresa W si lo pone en el convenio.
Si en el convenio no pone lo de subrogacion actua el art 44 sobre sucesion de empresas y deberia continuar trabajando para la empresa W en las mismas condiciones.
2 Que la empresa Z no continua esa actividad ,la empresa X deberia indemnizarme con 20 dias.
De todos modos me parece que la empresa X hace este tipo de contrato con la intencion de
Que si pierden la concesion no tengan que indemnizarme a mi por causas “ajenas” a ellos.
Porque sino me harian un indefinido normal no?
Y otra duda es si la empresa Z decide por ejemplo una reduccion de la jornada para este trabajo subcontratado porque no les interesa tantas horas ( y no hacen ERE ni tampoco tienen perdidas) ,entonces tengo derecho a alguna indemnizacion? ¿pueden reducir jornada sin mi consentimiento?
Gracias