Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

indemnizacion despido-plus transporte

4 Comentarios
 
Indemnizacion despido-plus transporte
26/06/2008 17:59
Hola a todos, quería haceros esta consulta: A ver, hemos recibido una demanda de despido, y en el salario del trabajador indican todas las percepciones de la nómina, incluidos plus de transporte y dietas. Mi duda es esta: el convenio colectivo recoge ambos conceptos y, además, ninguno de los dos supera el 20% del SMI, entonces, si la sentencia reconociera la improcedencia del despido, ¿el juez incluiria ambos en el cálculo de la indemnización? o bien, tengo yo que oponerme expresamente a este salario en la vista para que el juez, si los admite como conceptos extrasalariales y perdieramos el juicio, no los incluyera a efectos de cálculo de indemnización. Muchas gracias.
perfil jcb
26/06/2008 23:01
Averigua primero, si estos conceptos los percibia realmente como plus transporte y dietas y la empresa lo puede justificar, o bien si se trata de una mejora salarial encubierta para no cotizar y tributar.
27/06/2008 10:07
Gracias por responder tan rápido jcb....te cuento: El plus de transporte lo abona la empresa porque lo dice el convenio colectivo (construcción) y coincide con el importe establecido en convenio; en cuanto a las dietas, éstas las abona la empresa porque los trabajadores paran sólo una hora para comer y, claro, en la mayoría de los casos comen en el restaurante más cercano a su puesto de trabajo porque no les da tiempo para ir a su casa, comer y volver....La empresa no tiene justificante de ese gasto pero los restaurantes a los iban están ahí,...quizás algún compañero del trabajador podría corroborar esta realidad ¿cómo lo ves? Gracias de nuevo.
perfil jcb
27/06/2008 20:30
El tema del plus transporte queda claro, si abona lo del convenio colectivo, en cuanto a las dietas si no hay justificante, podrian considerarte que es un complemento salarial y metertelo en el cálculo de la indemnización. El plus transporte lo veo más dificil siemrpe y cuando coincida con el de convenio. Valora si el diferencial de indemnización es significativo, sobretodo si hay consigna de indemnización, que no sea que por considerar que el cálculo es incorrecto y tengas que pagar encima salarios de tramitación.
02/07/2008 19:04
gracias jcb, la verdad que lo de las dietas es poquito, incluso no se abonan todos los meses, creo que consignaremos excluyendo estos importes y a ver qué pasa, no veo el despido, en principio, demasiado desfavorable para la empresa, aunque claro, es el juez el que decide. Gracias de nuevo por tu tiempo.