Hola, a ver si me podéis ayudar en ésto que me surge de nuevas.
Se trata de un procedimiento ordinario en el que asistí al demandante y en el cual solicité que se citara a dos testigos. Se celebra el juicio, y pasada una semana de la vista uno de los testigos presenta factura a mi cliente por la asistencia al juicio.
Ahora se ha dictado sentencia estimatoria, con condena en costas a la parte demandada, que ya es firme.
Mis dudas son:
¿puedo incluirla en la solicitud de tasación de costas en virtud de 241.1.4?
Y en caso afirmativo, ¿qué límites o requisitos deben tener los testigos intervinientes para que sus gastos puedan ser incluidos en las costas?