Buenos dias,
desde marzo del 2011 tengo un contrato de practicas. Actualmente, la empresa, que me prorrogo por 6 meses el mismo contrato con finalizacion en septiembre 2012. Ahora por cambios en la gestión van a rescindirme el contrato y queria saber si tengo derecho a indemnizacion por finalizacion del contrato a instancias del empresario. No sé si por ser un contrato temporal tengo derecho a la indemnización establecida para ellos que en este año es de 9 dias por año trabajado. Gracias!
Si el contrato de prácticas no llega a su finalización (parece que tienes una prórroga hasta septiembre de 2012), estamos ante un despido, no una finalización de contrato. La indemnización depedenría del tipo de despido y su calificación.
1.- Despido disciplinario procedente: cero días de indemnización.
2.- Despido disciplinario improcedente: 45 días de indemnización hasta el 11 de febrero de 2012 y 33 a partir del 12 de febrero. Se hacen dos cálculos, tantos días hasta el 11 de febrero y tantos días después.
3.- Despido por causas objetivas procedente: 20 días por año.
4.- Despido por causas objetivas imrpocedente: 45 días de indemnización hasta el 11 de febrero de 2012 y 33 a partir del 12 de febrero. Se hacen dos cálculos, tantos días hasta el 11 de febrero y tantos días después.
Por contra, si llegara a su fin, no tendrías derecho a la indemnización por fin de contrato por estar los contratos formativos (prácticas y para la formación y aprendizaje) excluidos para la misma.
De cualquier manera, ya que hablas de que la indemnización por fin de contrato es para este año de 9 días por año, aclararte que sería en caso de contratos formalizados después del 31 de diciembre de 2011, con lo cual, si tu contrato no fuera en prácticas y realmente fuera un fin de contrato (que no lo es), la indemnización sería de 8 días por año y no 9.
Muchas gracias!!!!A ver qué hacen al final puesto que en ningún momento me han dicho que me despedían, sino simplemente que la nueva empresa que va a gestionar el centro tiene su propio personal...entonces, sería un despido y por la modalidad de contrato que tengo no podrían pagarme la indemnización de 8 días por año trabajado...
de nuevo, muchas gracias por tu respuesta!!!!
Por un lado, si el contrato no llega a su fin, es un despido. Si tratasen de hacerlo pasar por un fin de contrato, está en tu mano reclamar contra dicha situación, demandando a la empresa por despido improcedente.
Por otro lado, si ese contrato llegase a su fin, en septiembre, la empresa no tiene que pagarte indemnización alguna por fin de contrato, a no ser, claro está, que el convenio colectivo mejore al Estatuto de los Trabajadores e incluya ese tipo de contrato dentro de los contratos temporales que tengan una indemnizaciòn por llegar a su término.
Pero entonces, si ellos así lo intentan, pueden coger y pagarme como si fuera una finalización de contrato por parte de la empresa y no como si se tratase de un despido????realmente, lo unico que quiero es poder pedir el paro y que me paguen lo que me pertenece...pero no me gustaria andar en lios de juicios ni mucho menos...
de nuevo, muchas gracias!
Por poder....cosas más raras se han visto, pero ahí estás tu para defenderte.
A veces, con hacerles ver que estás enterado de como deben ser las cosas, es más que suficiente para que no sigan en según qué actitud.
Con lo cual, en el hipotético caso de que intentasen una tontería como orquestar un fin de contrato, en el momento que te comuniquen por escrito tal fin de contrato, les dices, muy amable, que no corresponde que firmes ese fin de contrato porque lo que está ocurriendo es un despido, que un fin de contrato es cuando el mismo llega a su fin, y que en tu caso eso no ha sucedido.
Ya digo, a veces con hacerles ver que estás un poco al día de como son las cosas, les hace desistir de hacer esa clase de chanchullos.
Pues me temo que si son tan tontos que lo hacen así, tendrás que demandar ya que estariamos ante un despido improcedente y no ante una terminación de contrato, ya que su vencimiento, según dices, lo tienes en septiembre.
Hola, hasta el momento me han renovado las practicas en 3 periodos iguales a 6 meses, teniendo actualmente 18 meses en la empresa y me han informado que no me renovaran nuevamente el contrato (me lo informaron con 4 dias laborables de antelacion a la finalización del convenio), al tener 18 meses trabajando como becario en la empresa tengo algún derecho a finiquito? prestaciones sociales o algo? según me informaron solo me pagaran los días trabajados de este mes y absolutamente nada mas, eso es cierto? es importante destacar que en 18 meses ininterrumpidos de trabajo jamas disfrute de vacaciones ni me las pagaron, aunque la empresa otorga 5 días de vacaciones por año (tengo derecho a 10 dias laborables segun la mpresa) y ellos saben que nunca los use, aun asi no deben pagarmelas? soy ciudadano extranjero con visado de Estudiante, agradecería su ayuda, gracias