¿A un trabajador que despues de tener un contrato en prácticas de 6 meses y una primera prorroga de 6 meses no se le va a renovar "hay que pagarle Indemnización Fin Contrato de 8 días por año trabajado?
La Empresa con cuanto tiempo legalmente tiene que preavisarlo???
A la finalización del contrato no tiene derecho a la indemnización de los 8 días (art. 49 del ET).
Si el contrato no es de duración superior a un año no existe un plazo concreto para preavisar. En este caso concreto, podría hacerlo un día antes de la finalización del contrato.
Art. 49 del E.T.
c) Por expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato. A la finalización del contrato, excepto en los casos del contrato de interinidad, del contrato de inserción y de los contratos formativos, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar ocho días de salario por cada año de servicio, o la establecida, en su caso, en la normativa específica que sea de aplicación.
* Como puedes observar se EXCLUYE de esta inemnización por llegar el contrato a su término a los contratos formativos (prácticas y formación), los de interinidad y los de inserción.