En primer lugar y sin conocer su situación profesional así como estudios decirle que el cto en prácticas no puede durar más de dos años, (salvo que cambie de titulación). Por lo que posiblemente su cto es indefinido a tiempo completo.
En segundo lugar, ante un despido aunque se haya finiquitado cada cto, si no hay cortes entre ctos superiores a 20 días, (incluso mucho más tiempo según sentencias), la antigüedad debe tomarse la del primer gto.
Por último, los cotos en prácticas, formacion como de interinidad son los únicos que no dan dicho a indemnización a su finalización, bueno pues esto tras sts del TJUE ya no es así porque deben equipararse a cualquier cto temporal ya que sino habría discriminación y digo más, los ctos temporales deben equipararse a los indefinidos, de otra forma tan seria discriminatorio.
Acuda a un sindicato o abogado de su ciudad y a demandar, ya verá que pronto ese de RRHH le dice, a pues si, es como usted dice, eso sí, no se lo diga a la empresa, usted sin avisar demandé y que sea el Juez el que se lo dice
Hola, por si alguien me puede ayudar por favor.
Me contrataron en el 2016 con un (contrato de formación CT 421) que duro 372 días.
Me termino el contrato y al día siguente empezó otro (eventual CT 402 ) que duró 36 días.
Después justo al dia siguiente me hicieron otro de (formación CT 421) que duró 372 días.
Al día siguiente me hicieron uno de (final de obra CT 401) de 16 días.
luego al día siguiente uno de (formación CT 421) de 261 días y después me hicieron fijo hasta ahora que me quieren despedir debido a la crisis del corona virus.
Entramos en un Erte el día 16 de marzo de 2020.
Y ahora nos han reunido a todos los trabajadores para decirnos que nos van a despedir y que tenemos 2 opciones :
Escoger entre despido objetivo y entrar en un ere de extinción en el cual cobraría mis 20 días por año trabajado o elegir el despido improcedente en el cual nos pagan 33 días por año trabajado.
Pues esta claro que todos emos escogido el despido improcedente.
Pues coge el de recursos humanos me da un papel donde me dice que mi antiguedad en la empresa es desde que me hicieron fijo en 2019 que los contratos de formación no tiene derecho a finiquito.
Y me quieren indemnizar solo 1 año cuando yo llevo 4 trabajando .
Alguien me puede ayudar siento sea la pregunta tan larga y extensa. Gracias