Buenas a todos, expongo mi duda: Si un trabajador temporal contratado en fraude de ley termina su último contrato, denuncia y le dan la razón , ¿ la indemnización de 33 días sería referente sólo al últmo contrato que tuvo con la empresa, o abarcaría también los distintos contratos anteriores encadenados, aunque no sean de manera continua o seguida, celebrados en fraude que ya fueron liquidados? (pero con una indemnización menor puesto que era la relativa a fin de ct temporal)? Por otro lado, qué significa lo de que te pagarían los salarios de tramitación, y si en la mayoría de los casos en el supuesto de ganar el trabajador la demanda siempre las empresas optan por el despido como improcedente en vez de por la readmisión?