Quizas podrias analizar el hecho de que un abogado civil de oficio no puede renunciar.
¿Será porque no es libre de hacer lo que quiera, ante el derecho de un ciudadano de recibir Justicia?
Sabes que unos derechos prevalecen frente a otros, antes está el derecho del ciudadano que pide Justicia que el derecho del abogado de elegir cliente.
Y quieras o no "los abogados" forman cuerpo, no solo porque estan "obligatoriamente" colegiados, y que los colegios se les aplican las consideraciones propias de una administacion pública, sino por el propio "corporativismo", que sin necesdad de que nadie les clasifique como cuerpo ya lo hacen ellos mismos.
Lo primero que hay que tener en cuenta es que la relación abogado-cliente, cliente-abogado, se basa en la mutua relación de confianza. Si eso falla, todo lo demás sobra, Invit. ¿Verdad que si no tienes confianza en un abogado te cambias a otro y renuncias a que te lleve el asunto? pues lo mismo le pasa al abogado.
Y en cuanto a la prevalencia de derechos, tan importante es el de un ciudadano a tener abogado como el de un abogado a no defender a un cliente si no quiere.
¿Cómo puedo yo, por ejemplo, defenderte a tí obligatoriamente, cuando no estoy convencido de lo que defiendo y cuando se me impone que te defienda? ¿Te fiarias de alguien que actúa a regañadientes? ¿Crees que te defendería convenientemente?
Los abogados "forman cuerpo" por narices. Porque muchos estamos convencidos de que la obligatoriedad de pertenecer a un Colegio de Abogados lo único que implica es tener que pagar una cuota sin que el Colegio de Abogados haga nada por nosotros. Que pasar, pasa.
Yo tengo muy claro que, el día que se me imponga defender un cliente por narices, dejaré la profesión.
La obligatoriedad de estar coloegiado y pagarlos gastos propios con la cuota es tambien significativo.
Es un intento social de control de la calidad de la asistencia juridica, como un anexto a la administacion, como parte esencial. Ello aunque al final "el cuerpo" haga lo que le interese a él mismo y no a la sociedad. Esta es la realidad.
La Justicia se imparte por los jueces despues que los abogados y procuradores han hecho el trabajo de "preparacion".
Sabes que tambien hay la posibilidad de acudir sin abogado en algunos casos, y es porque se supone que el juez no va a necesitar "preparacion".
Mas claro, en la mayoria de procesos es obligado, ¿Será porque es pieza fundamental, imprescindible....a los efectos de impartir Justicia?
Bueno, es una manera de ver las cosas, tan respetable como otra cualquiera.
Lo que yo tengo claro es que mi independencia profesional está ante cualquier administración u organización y que sólo puedo hablar desde mi punto de vista, no del resto.
En cuanto a lo de la necesariedad o no del abogado, habría mucho que hablar. Entiendo que la existencia de ciertos procedimientos en los que se dice que el abogado no es necesario es una entelequia, que se ha realizado por el legislador para tener a la gente contenta y engañada. El ciudadano de a pie no entiende de leyes ( a veces nos cuesta hasta a los profesionales) y el sistema está montado de tal forma que el que va con abogado suele ganar y viceversa. Precisamente porque el abogado sabe como funcionan las leyes y el profano no. Y cuando digo que sabe como funcionan las leyes me refiero también a que sabe que en derecho no solo hay que tener razón, sino hacerle ver al juez que se tiene razón: probárselo. Del mismo modo que, cuando no se tiene, también hay mecanismos para eludir cuantas mas responsabilidades mejor. Y para eso hay que saber utilizar las leyes. ¿Que suena mal? Bueno...depende desde el punto de vista que se vea. Siempre queda la conciencia profesional, y cada cual aplica la que tiene. Pero todavía no me he encontrado con un cliente que, sabiendo que tiene en sus manos argucias legales para conseguir tal o cual cosa, no le diga al abogado que las utilice para defenderse.
Pero eso no solo pasa aquí, sino que pasa en cualquier país del mundo.
Yo no quise remarcar que no hiciera falta el abogado sino todo lo contrario. Quise decir que es necesario, aunque el legislador inocente no se haya percatado, y es por esto precisamente por lo que un ciudadano no puede quedarse sin abogado, pero con mas razón cuando es obligado por el mismo procedimiento.
Incluso, es mal visto por los propios jueces cuando alguien va sin abogado, aplicándole sin contemplación los "modos" propios de un profesional abogado, porque el reo / demandado / demandante es un inculto....
Y estas mezclando:
Una cosa es que un abogado no crea en el caso, aconsejando no acudir ante un juez, y otra es que no lo quiera llevar por sus propias razones personales, no por interés del cliente.
Porque el cliente le pida presupuesto, le pida que le informe puntualmente, le pida que dé razones,... es de los clientes que no le dicen "sí señor"....porque hay poco dinero en juego, hay que reclamar o denunciar a un compañero, ...
Hay demasiada discrecionalidad, y para colmo descontrolada aun habiendo colegio que está para velar por la "pureza de la raza", por "el bien hacer".
Se trata de obligar "razonablemente". No va un abogado a defender un cliente que le ha puesto un ojo morado.
Comprendo perfectamente lo que quieres decir, Invit. Lo que pasa es que, vuelvo a repetir, puede que un abogado, o dos, o tres...o cuatro, no quieran llevar un asunto. Pero ¿ninguno? Es un poco difícil, la verdad.
En cuanto a la mezcla, creo que no estoy mezclando. Todas esas cuestiones que comentas ( presupuesto, información puntual etc etc) son elementos básicos del deber del abogado. El abogado que niegue dichas cuestiones a su cliente está actuando mal. Eso es evidente.
Pero vuelvo a repetir que la "obligatoriedad" en el sentido de= usted debe atender por narices a tal o cual persona no es el camino apropiado. El abogado debe ser libre, como debe serlo el cliente, de hacer o no hacer.
En el caso de pedir que se actúe contra otro abogado, el colegio, un juez, o un funcionario de juzgados, es clarísimo. Con dos o tres, ya se ve que resulta un asunto desagradable y que automáticamente no se encuentra abogado. Y que la razón no es nada que tenga la culpa el cliente.
Y en el caso concreto del momento, que también hay "compañeros" por en medio, yo he deducido que resulta desagradable, y con unas cuantas negativas he extendido y concluido que "ninguno quiere", y más con la facilitad que se les concede para rechazar un caso, y sin explicación.
Hay el abogado inicial, que cuando van los compañeros a consultarle y pedirle la documentación me debe poner verde. Y hay el contrario que es un vecino impresentable.
Para que puedas entender el cabreo que debe tener, lo que hace que posiblemente me esté impidiendo o dificultando encontrar otro.
1) En la mediación pre-demanda, del contrario debió obtener una explicación de las razones por las cuales su cliente no aceptaba mi petición.
2) Pues ya en juicio me entero que según el abogado contrario su cliente no había atendido mi petición porque ya él mismo personalmente la había atendido en nombre de un segundo cliente de este abogado. Falsedad que era perfectamente conocida por el mío. Antes de la demanda me cobró 5 horas de visita.
3) Y en juicio, mi abogado se quedó tan pancho, pasmado. Con el resultado que después de tanto trabajo, habiendo sentencia a mi favor, me ha costado mas de lo que reclamaba. ¿Es razonable?
4) Estuve pidiéndole que me explicara el porque habíamos demandado si es que el contrario argumentó que no había motivo. Porque yo le decía que si no había motivo me tuve que haber enterado antes de la demanda, y aunque no me hubiera enterado él tuvo que haber pedido justificante a su “compañero”, lo que hubiera evitado la demanda.
Y a su vez solicité que denunciara a su compañero, lo que no quiso hacer.
5) Conociendo la falsedad del argumento contrario, no le metió la bronca, para propiciar una solución y permitiendo que apelara el contrario y el mío contestara. Gasto y mas gastos.
6) No me dio respuesta, él presentó jura de cuentas y yo presenté queja al colegio, hace ahora un año.
Yo entiendo que cobró demasiado porque le faltó pedirle al contrario que acatara y pagara. Que es lo habitual antes de pedir ejecución.
Esta parte no la quieren reclamar los abogados con los que he hablado porque supone denunciar ante el colegio. Ah, pero eso es pecado.
Siguiendo con nuestra conversación, Invit, paso a comentarte que es cierto que encontrar a un abogado que acepte un asunto contra un compañero no es fácil. Pero entiendo que ello dependerá de muchos factores. Yo he tenido algún cliente que no estaba de acuerdo con la minuta que le pasaba su anterior abogado y, viendo que entre lo pactado y lo presentado al cobro había una diferencia injustificada, he atendido la consulta y he intervenido a favor de dicho cliente.
La cuestión puede complicarse si te mueves en un ámbito pequeño donde no hay muchos profesionales donde escoger. Pero no tanto en una ciudad medianamente grande.
También hay que decir que a los abogados "normales" nos causa un gran malestar la parte del colectivo que desprestigia la profesión, de eso no te quepa la menor duda. Y no me refiero a que un compañero pueda cometer un error ( todos lo podemos cometer), sino cuando ves que dicho compañero está actuando de forma impropia e incorrecta.
En cuanto a los detalles de tu asunto particular que comentas, la verdad es que me pierdo un poco porque tú sabes de que va y , para entenderlo bien, habría que sentarse y ver tu asunto íntegramente para poder opinar.
No obstante, lo que no es de recibo es que si un abogado ha cometido, como dices, una irregularidad, no se le denuncie al colegio.
Por otro lado, Invit, en uno de tus posts has traido una interesante cuestión, como es el Turno de Oficio y su necesidad. Y comentabas especialmente el Turno de civil.
Para que veas lo que yo te decía (que está muy mal pagado) , y sin ánimo de convencer de nada sino traer elementos objetivos, te voy a decir, por ejemplo, lo que el Estado, a través de los respectivos Colegios de Abogados, pagan a los abogados por los asuntos.
Por un procedimiento matrimonial completo: 411 euros.
Por un procedimiento monitorio: 65 euros. Si se ejecuta: 216 euros.
Por la apelación de una sentencia civil: 181 euros.
Por un juicio verbal completo: 347 euros.
Por un juicio ordinario: 411 euros.
Por la ejecución de un título judicial: 216 euros.
A todas esas cantidades hay que restarles el 15 por ciento de la retención del IRPF, teniendo en cuenta que no se les aplica el IVA.
Como ves, el Estado tampoco ayuda mucho en esto de tener un Turno de Oficio en condiciones.
¿Para cuando una manifestación en toda España por parte de todos los ciudadanos exigiendo mejoras en un servicio tan importante?. A los abogados, de momento, no nos hacen ni caso.
Por otro lado, ten en cuenta que en los procedimientos penales, por ejemplo, no asignan procurador hasta la ejecutoria, con lo cual el abogado se ha de chupar todo el procedimiento él solo, sin la ayuda de dicho profesional, que es el que representa en juicio al cliente. Y créeme: Un buen procurador facilita mucho el trabajo.
Los honorarios no son los que vosotros queréis cobrar, y entre otras cosas para eso tenéis el colegio, para exigir lo que sea vuestro.
¿Hay que deducir que unos u otros son arbitrarios?
¿Y en cualquier caso, que se está engañando al ciudadano?
Y eso de que no os hacen caso, pues hay que aplicarle el correctivo adecuado. En este caso os dais de baja todos. Ya me explicaras como hacéis vosotros para que os escuchen.
¿No decís que tenéis derecho a elegir el cliente?. No lo demostráis.
Contrasta la facilidad con la que hacéis valer vuestro derecho cuando de un solo ciudadano se trata. Ni le dais explicación, y si le dais alguna seguro que es una excusa, que en lenguaje llano la gente llama una mentira.
Me dices que:
También hay que decir que a los abogados "normales" nos causa un gran malestar la parte del colectivo que desprestigia la profesión, de eso no te quepa la menor duda.
Mira, sin ánimo ni intención alguna de faltar el respeto, ten en cuenta que el colegio os representa, y si tengo que creer que hay muchos "normales”, suficientes, el colegio debía demostrar esa indignación tomando las medidas que impidan lo que suele ocurrir.
Ya te decía, que solo 1 % de las quejas son estimadas.
Para que veas qué hace el colectivo a través del colegio:
En torno al mismo personaje (abogado) llevo sufriendo abusos desde hace muchos años, sin que las quejan hayan impedido en algún punto temporal de ese largo camino "parar en seco" los pies al vecino desaprensivo.
Y por desgracia para otros y para mí, sus actuaciones han implicado a los abogados a los que me han defendido.
Te cuento:
Un vecino me produjo unos daños, reclame directamente y fehacientemente sin éxito.
Lo expuse en Junta de Propietarios, quien con asistencia del abogado de la comunidad / Presidente, y del abogado / administrador, concluyó por su influencia que se trataba de un asunto privado entre dos vecinos.
Pongo una demanda de conciliación y aparece el abogado / presidente con podeos notariales para decir que su cliente no aceptaba pagar los gastos, sin mas explicación.
Me obliga a acudir a un abogado. Este, según él, no consiguió el acuerdo, y me propone demandar. Según este abogado teníamos elementos suficientes para demostrar la deuda y la mala fe.
Llegamos a juicio, mi abogado había presentado una faraónica demanda escrita, que a buen seguro el juez ni se leyó, y el contrario no había presentado contestación escrita.
El abogado/vecino con el libro de actas de la comunidad que tenia secuestrado pretendió convencer que a través de él mismo en persona por ser presidente la comunidad ya me había pagado los daños.
Observa: Un abogado cuyo cliente es la comunidad, que toma como cliente a un comunero, que conociendo todo detalle sobre los vecinos, actúa contra otro comunero. Y con las buenas artes comentadas.
El vecino demandado y secretario argumentó que no había pagado porque no se había enterado de mi reclamación.
Con estos elementos, mi abogado no abrió la boca en juicio para que se apreciara temeridad. Y posteriormente, no denuncio en el colegio al colega. Antes las diferencias, presentó jura de cuentas y salio corriendo con su dinero, y el exceso, sin acabar el asunto. Y desde noviembre de 2006 no he podido ejecutar. Lo que reporto mi queja al colegio, de ambos abogados.
Como es costumbre, sobre el abogado vecino el colegio ni abrió expediente, y sobre el segundo tiene abierto el expediente pero ya sé cual será el desenlace.
Dices que en una ciudad grande es más fácil encontrar abogado para el caso. Para actuar contra el vecino ya me lo venían diciendo que no aceptaban desde siempre. Y sobre el segundo tampoco. Y para hace ejecutar amistosamente o no la sentencia tampoco.
Escribí a la Consejeria de Justicia, hace año y medio, y me respondieron que en ningún caso se me podía causar indefensión, que me dirigiera al colegio que ellos me debían facilitar una solución.
En vista de la dificultad, mandé burofax al abogado vecino preguntándole si aceptaba pagar, a lo que respondió que sí. Nunca mas se supo.
Reclame al colegio como solución un abogado de oficio, que me fue asignado. Obligándome a firmar un compromiso de que aunque era del turno, para mi no lo era.
Este abogado, en mi primera y única visita se pasó media hora buscando en el código algo que no existe. Que el demandante no tiene derecho a exigir reconocimiento de temeridad en el demandado.
Llamó al contrario para preguntarle si iba a pagar. Este, teniendo poderes de su cliente, respondió que ya le contestaría y tampoco nunca lo hizo.
Bueno ya puedes ver...
El colegio, los abogados "normales", evitan esto?
Y yo qué hago?
Sugerencia: Juntaros los "normales" y crear un colegio paralelo.
Pues eso ya lo conocía.
Si lo comparo con horarios libre entiendo lo que dices.
Pero como te he dicho, lo que vale vuestro trabajo yo no lo conozco .
Yo veo que hay mucha diferencia, y que por tanto unos, los otros , o los dos son justos.
Y deduzco que quien paga el pato es el ciudadano sin recursos. Sí, recibiendo una migajas de "Justicia", injusta, y apechugando con una condena que no se hubiera prooducido con un abogado "normal".
Quiero decir:
si los "bajos", son justos segun la administracion, los libres son abusivos. Y los profesionales libre hacen lo que les da la gana fijando los honorarios.
Si los "libres" son justos, los bajos son abusivos. Y la administraciones es...lo que quieras.
Una conversación antigua pero enriquecedora. Llego aquí por indefensión, buscando respuestas, veo que todo es de 2002 y OS dejo esto nuevo de 2013,
- Circular 2/2013 Circular 2/2013, de 11 de enero, sobre intervencion del fiscal en el incidente de nulidad de actuaciones.
Descargar el documento (PDF: 104 Kb.) de la pagina del fiscal.es