O quizas sea mejor esperar a que el actor desista de una de las dos para en ese momento pedir se le condenen a las costas de la acción a la que ha desistido puesto que el demandado ha contestado la demanda y ha asistido a la audiencia previa??? Gracias
Se ha dictado un auto en el que admiten nuestras alegaciones y requieren al actor para que desista de una de las acciones pero no contiene pronunciamiento en costas. Entiendo que cabe pedir que se complete ese auto con que se impondrán las costas al actor de la acción a la que desista en favor del demandado frente al que se desista.
Gracias. En la AP la juez dijo que la decisión la tomaría en unos días y por escrito. Si la admite y no hay pronunciamiento en costas, pediremos aclaración. Muchas gracias.
Si la dicta en el Acto de la Audiencia Previa y no se recurre deviene firme. Puede pedirse en ese acto aclaración de esa resolución sobre costas o recurrirse en reposición.
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Cuando el Juzgado estima en la AP una indebida acumulación de acciones, de tal manera que uno de los demandados ya no lo es en virtud de esa estimación, ¿Qué resolucion debe dictar el Juzgado? ¿Debe imponer las costas de la acción indebidamente acumulada al actor y en favor del codemandado que ha dejado de serlo por esa decisión? o ¿simplemente será una resolución oral sin más transcendencia para el actor? Gracias