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Incumplimiento sentencia: embargo pensión..

20 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 20 comentarios
28/12/2011 21:48
Buenas tardes.
suricato, no pensé que fuera necesario dar detalles sobre ciertas cosas porque no es lo por lo que necesito ayuda, pero dado el hecho de que lo has mencionado e incluso he podido dar lugar a la confusión intentaré aclararlo con breves líneas:

Mi exmarido sufrió un accidente del cual gracias a dios se pudo recuperar pero con un buen abogado y gracias a los médicos que aceptan gratificaciones por informes "engrosados" este señor recibió una indemnización de 100 millones de las antiguas pesetas y una Gran Invalidez por una buena cantidad gracias a la cotización de las nóminas anteriores al accidente.
¿Meter en la cárcel a un invalido? Ni mi ex es inválido ni tengo la intención de meter a nadie en la cárcel. Será un juez el que dicte sentencia y si finalmente es condenado a prisión será porque tiene antecedentes penales por conducción bajo los efectos del alcohol, violencia de género, etc.
También quiero decir que yo "nunca" le he denunciado por nada y puedo asegurar que motivos nunca me han faltado, de todas formas eso no viene al caso.
Y en cuanto a lo de conseguir los 500€ por mi cuenta, ¿cómo se supone que han vivido mis hijas durante estos años?
Me habla de humanidad....¿Qué culpa tienen dos niñas de 3 y 5 años de que su padre no quiera saber nada de ellas?
Mis hijas han tenido regalos de navidad, sí, pero no por su padre, sino por la caridad de otras personas que me han dado juguetes usados que sus hijos ya no necesitaban.
Y sobre la moneda de cambio..Ojalá mis hijas pudieran ver a su padre, van a ser 2 años ya.
22/12/2011 14:45
Suricato que el hombre será invalido ,pero cobra una pensión de más de 2000 euros.Vamos que creo yo que le da para pagar la pensión de los hijos.
O es que por ser hombre e invalidado para trabajar ya cree Vd.que debería estar exento de contribuir a la manutención de los hijos,aunque todos nosotros le paguemos a él un sueldo cada mes.
Vamos que si el señor cobra ,porque su papa estado le paga ,él debe hacer lo propio y pagar a sus hijos.
Katharo a ver cuando se entera Vd.que los hijos cuestan dinero y que son cosas de dos.
22/12/2011 13:48
dinero, dinero, dinero..... tenemos un sistema judicial que menos justicia hace de todo, especialmente sangrante el trato que los niños reciben en los juzgados, cualquier sentencia basada en lo mejor para el niño "pura casualidad". A ver cuando se enteran que los hijos no son -o no deberían ser- moneda de cambio para extorsionar a los padres.
22/12/2011 12:11
Bueno,ojala sus males con las ineficacia de la justicia acaben pronto.
Pero digame una cosa.Sabiendo que en via penal no garantiza vd cobrar,incluso de hecho casi garantiza lo contrario ¿Esta Vd dispuesta a meter en la carcel a un gran invalido que es el padre de sus hijas?
¿Ha intentado Vd,ademas de su tenaz lucha en el juzgado,encontrar algun medio laboral para conseguir esos 500 euros de marras?
Su necesidad parece exceder con mucho a su humanidad.
21/12/2011 15:30
El lunes fui al juzgado a primera hora. Me tocó esperar casi 2 horas hasta que llegó la secretaria. Al final salieron la funcionaria y la secretaría para decirme que debido al error por el ingreso en la cuenta en otro juzgado se había devuelto el dinero a la oficina emisora(INSS) al haberse cancelado la cuenta en la que habían hecho el ingreso anterior. Ahora me toca esperar a que vuelvan a remitir el dinero a la cuenta correcta. La secretaria me dice: tranquila, seguramente el dinero lo tendrás en enero. ¿Le digo yo a las nenas: tranquilas, los regalos de navidad los tendréis el mes que viene?
Indignación e impotencia.
17/12/2011 14:53
Y en cuanto a lo de vía civil o penal yo creo que depende de muchos factores, entre ellos las intenciones que pueda tener una persona para iniciar una u otra.
Mis únicas intenciones son las de que mi ex marido se haga cargo de las obligaciones paternales hacia sus hijas. Son 2 años y medio en los que no ha aportado absolutamente nada a la educación y manutención de las menores. He querido confiar en la justicia y por eso he ido paso a paso para que se cumpliera la sentencia dictada en marzo del presente año.
Ha llegado un momento que me he dado cuenta de que mi ex marido no va a hacer nada voluntariamente y que desgraciadamente la justicia es demasiado lenta y el crecimiento de mis pequeñas es muy rápido y sus necesidades van en aumento conforme pasa el tiempo y yo aunque quiero no puedo satisfacerlas. Por eso a finales de septiembre tomé la decisión de acudir a la vía penal, con la esperanza de que mi ex marido se dé cuenta de que tiene que cumplir con sus obligaciones. No puedo obligarle a tener contacto con sus hijas, ni siquiera a que se preocupe ni sienta algo por ellas pero sí a que colabore en su manutención.
17/12/2011 14:46
El tema de la funcionaria ya he tenido en cuenta que ella lo negará todo y yo no tengo pruebas físicas de lo que ella me ha dicho. Lo que sí que he hecho es acudir al juzgado acompañada cada vez de una persona diferente para que llegado el momento cuente con varios testigos.
Ayer fue ya un caso excepcional pues tuve que bajar yo al juzgado de abajo y "molestar" a otras personas con cosas que tendrían que haber sido hechas por la funcionaria en cuestión y la secretaria, así que más testigos.
Tanto el nombre como los datos de la funcionaria ya los daré llegado el momento. De todas formas gracias por el consejo.
17/12/2011 14:24
Acabo de escribir la biblia en verso y al darle a publicar se ha borrado todo. Si es que yo creo que me ha mirado un congreso de tuertos.
17/12/2011 03:34
Hola:

AnaGómez35, ciertamente, hay que estar muy pilas para estas cuestiones. Los funcionarios, salvo muchas honrosas excepciones, están para lo que están y muchas veces no llegan donde hubieran de llegar. Tengo un amplio historial de lucha contra la ineficacia funcionarial, con notables resultados. He podido observar auténticas burradas funcionariales, en carne propia, lo cual no me preocupa en exceso, tengo bastante capacidad para bregar en estos temas, y ajena, mucho más preocupante, pues a quien no sabe se le suelen denegar derechos muy básicos.

La solución que le propone Netsirena2 puede ser muy efectiva en su caso concreto, mujer y con hijos, al utilizarla creo que va por buen camino.

Mirodgi, me sorprende un poco ese:

“ojo con mezclar via civil y via penal.
en todo caso si usas la penal te queda la civil.
pero no viceversa”

¿Por qué? Mi no comprender.

Ambas son compatibles en estos casos, entiendo, sin problema alguno. Responsabilidades civiles y penales tienen cada una su foro específico. Se puede perfectamente ir por las dos vías. Aunque concuerdo que si en civil te echan para atrás una ejecución de sentencia, difícil será que en penal se condene, las mismas pruebas operaran, en principio. Pero si en civil te dan la razón tras ello pueden quedar responsabilidades penales que no se van a alcanzar por la vía civil. En civil el embargo, pero no la pena, de cárcel. Y mire que siempre suelo ser más partidario de la vía civil, la penal sólo para casos recalcitrantes, cuando se te están orinando en la oreja de forma chulesca. Y, no crea, le comprendo perfectamente porque sé por donde van los tiros, aún hoy en día he tenido que escuchar en sala argumentaciones absurdas, de lo más retro, como negar actuaciones penales por el hecho de no reclamar en civil. La AP lo suele tener muy claro.

Lo de decir, Mirodgi, el nombre de la funcionaria, que le ha dicho a Ana esto y esto y actuó así y así no vas más lejos de un acto simbólico sin repercusión alguna, mientras no se tengan pruebas fehacientes. Es por eso que siempre recomiendo olvidarse del bla, bla, bla, del funcionario de turno, no va a ninguna parte. Lo que vale realmente son las respuestas a escritos oficiales, no lo que te digan a pie de ventanilla, siempre sin compromiso alguno, a menos que lo grabe uno en soporte audiovisual, y si el juez de turno lo admite como prueba. Todo por escrito, que eso deja constancia y es prueba clara. Un funcionario te puede mandar a tomar por... a pie de ventanilla, por escrito le garantizo que no hace tal. Vamos, se imagina esa respuesta que le dieron a Ana de palabra en un escrito, ¡No tenemos papel de oficio!, espérese a que nos lo traigan para garantizar los derechos fundamentales suyos y los de sus hijos, eso no se ve por escrito. Pendejos si, idiotas no.

Aparte, recomiendo, encarecidamente, ir a la ventanilla no ha preguntar, sino con las respuestas en mano, a exigir, no a preguntar. No vea, Mirodgi, la cantidad de trámites absurdos que se ahorra uno cuando va en este plan y hasta se carga por una simple regla de tres todo el protocolo administrativo establecido al efecto. En tal sentido le expongo brevemente un caso. Perdí mi tarjeta de la Seguridad Social, cuando fui a renovarla no vea la cantidad de papeles que me pedían. Le comuniqué a la funcionaria de turno tres cuestiones:

1.- No pienso presentar esa documentación. Es un absurdo.

2.- Soy trabajador en activo y me obligan a cotizar. Pago luego exijo. Se lo monte usted como quiera pero no me dé la KK.

3.- Ahora se lo digo mañana se lo cuento, por escrito.

Previamente, dado que se le llenaba la boca a la funcionaria de regulaciones autonómicas, tuve a bien explicarle la diferencia entre leyes orgánicas y normativa autonómica, aparte otras cuestiones de cajón. Se acabó la historia, por la cuenta que le traía, mediaban presuntas responsabilidades penales. A los tres días un duplicado de mi tarjeta en mi buzón de correos, sin procedimiento ni papeles. De estas, mil.



Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
17/12/2011 00:09
Formulario enviado con éxito!!
Ahora solo queda esperar respuesta.

Gracias Miguel, ya te iré comentando.
16/12/2011 23:53
Sí esta bien visto el tema del CGPJ.

TAMBIÉN EN EL CASO DE LA FUNCIONARIA pon su nombre completo y le puedes poner: me ha dicho ésto, y ha actuado así y así....

Después esperar que se habra un expediente y que ese expediente llegue al Secretario que tendrá que verlo y actuar en consecuencia.

salvo mejor derecho.

miguel gil
16/12/2011 23:31
No sabes cuanto te agradezco tu respuesta, por fin hay alguien que me da una respuesta coherente y me abre una nueva línea de esperanza. Ahora mismo voy a hacer lo que me has aconsejado y lo iré comentando por aquí para que le pueda servir de ayuda a más gente en mi misma situación.
De nuevo muchísimas gracias.
Un saludo.
16/12/2011 23:23
Una queja en la web del CGPJ (consejo general del poder judicial) suele ser bastante efectiva.

Se lo digo por experiencia propia y ajena. En mi caso, pasaron bastantes meses desde que salió una sentencia penal condenándole al pago, entre otras cosas. Fecha de sentencia diciembre, entre pitos, flautas y demás gaitas gallegas, se cobró casi un año después, a finales de octubre del año siguiente, previa queja ante el CGPJ porque ninguna funcionaria era capaz de responder qué pasaba con dicha sentencia y eso que yo iba cada 15 días/3 semanas al juzgado.

En la queja ponga el número de procedimiento, el motivo y el juzgado que le lleva el tema, sus datos (nombre, apellidos), cantidad. Es decir, dé todos los datos posibles. Se pondrán en contacto con ud. vía mail y le aseguro que resulta. Las excusas que le han dado son típicas de saturación judicial pero, claro, cuando hablamos de procedimientos donde, en el fondo, se producen incumplimientos para con los menores.. escuece más. Paciencia e insista. Por desgracia en estos temas hay que ser 'mu gitano' y dar mucho la vara.
16/12/2011 23:10
Hoy he acudido una vez más al juzgado. Nada más verme la funcionario me dice: todavía no tengo nada. Ya desesperada le pido que por favor hable con la secretaria para que ésta compruebe si se ha realizado el ingreso, a regañadientes se lo pregunta y me dice que aún no hay nada. La respuesta de ella es que no me queda otra que esperar. Me he empezado a poner nerviosa y otra funcionaria que estaba escuchando y por lo que se veía también empezaba a ponerse nerviosa le ha dicho que bajara ella a preguntar al juzgado de abajo pero al final me ha tocado bajar a mí. La funcionaria que me ha atendido en el juzgado inferior ha sido tan amable que se ha tomado la molestia de entrar en la sala de vistas y preguntarle a la secretaria. Me ha dicho que tenía que esperar a que acabaran con los juicios para que pudiera salir a mirarlo. Hemos estado 2 horas esperando y lo único que he conseguido es que me dijera que iba a realizar la transferencia porque cuando he vuelto a subir al juzgado que lleva mi expediente ya no quedaba nadie. Eran pasadas las 14.30h. Una funcionaria que atiende en el mostrador estaba aún por ahi y me ha dicho que le dejaría una nota a la funcionaria que lleva mi expediente para que el lunes a primera hora comprobara con la secretaria si el ingreso estaba realizado y me preparase el mandamiento de pago para que el lunes a primera hora lo pueda recoger.
Es todo un cúmulo de irregularidades y me gustaría saber si es posible interponer una reclamación hacia la funcionaria en cuestión por su incompetencia.
Un saludo.
15/12/2011 15:33
madre mia Ana, no te preocupes, si tienes internet me vale, sería por el mirodgi@hotmail.com
saludos
15/12/2011 15:25
Te agradezco tu propuesta de hablar pero desgraciadamente tengo la línea del móvil cortada por impago y no tengo recursos económicos para realizar llamada alguna de teléfono público.
15/12/2011 15:15
hola, no se si esa pension alimenticia lleva el IPC, EN ESE CASO TENDRÍAN QUE CALCULAR ESE IPC EN BASE AL TIEMPO TRANSCURRIDO.
Puedes presentar una queja en el juzgado por la mora de los procedimientos.
Si quieres llama y hablams 663302310, porque esos momentos de impotencia y las solucionas extremas, es algo que me podrías explicar n detalle.
saludos
15/12/2011 14:57
Hoy de nuevo acudo al juzgado, una vez más. La funcionaria me dice que la secretaria anda muy liada y lleva toda la mañana en sala. Le suplico me tenga en cuenta y me dice que cuando tenga un hueco me lo mira. Otro día más que pasa..
¿Se puede poner una reclamación al INSS por retener el dinero desde el día 25 hasta la segunda semana del mes siguiente?
¿Se puede poner una reclamación al juzgado?
La impotencia que siento en estos momentos es tal que me lleva a pensar en soluciones extremas.
15/12/2011 12:40
ojo con mezclar via civil y via penal.
en todo caso si usas la penal te queda la civil.
pero no viceversa
saludos
15/12/2011 11:43
Por desgracia en éste caso, como en otros muchos parecidos, se mezclan la burocracia e incompetencia tan típicos en tantos sectores de la administración pública de éste pais. Paciencia.