Buenas. Consulta a ver si alguien me puede aclarar como actuar.Situación: Sociedad (SL) con dos socios solidarios al 50%. La empresa se encuentra en liquidación por bloqueo de los órganos de administración. No existe posibilidad de acuerdo entre socios. El único activo lo constituyen algunas propiedades inmobiliarias. No hay disponibilidad de tesorería.Uno de los socios lleva 3 años sin efectuar aportación económica alguna a la empresa, que sigue teniendo obligaciones de pago de impuestos y administrativas (elaboración impuestos, contabilidad, etc). El mismo socio que se niega a pagar (a pesar de habérsele hecho requerimiento notarial) bloquea la elaboración de la contabilidad (sin lo que no se puede elaborar IS). Pregunta: ¿Podría la sociedad amortizar dichas acciones con la consiguiente reducción de capital en aplicación del artículo 84 de la Ley de Sociedades de Capital sin mediar reclamación judicial?Gracias por adelantado.