Va a hacer tres años que compramos este piso. En la memoria de calidades venía que tenía puerta acorazada. Creímos que así era, pues no la podíamos ver por dentro. Pero ahora hemos sufrido un robo con forzamiento de la puerta y los peritos indican que la puerta es simplemente blindada. El seguro nos cubre el importe de la puerta como la que tenemos, pero la queremos acorazada pues no nos sentimos seguros ya que la abrieron con relativa facilidad a pesar de tener dos vueltas de llave. ¿Podemos reclamar al constructor el pago de la diferencia de precio de la puerta? ¿Estamos dentro de plazo? ¿Es responsable de daños y perjuicio por joyas robadas que no nos cubre el seguro ya que con otra puerta quizá no hubiesen entrado?
Si, pueden reclamar, y el constructor es respònsable por no cumplir lo prometido y la publicidad ya se considera parte contractual. Otra cuestión, y hagan números, es que les compense la reclamación, pues precisarán un abogado, o sea, tiempo y dinero....
Gracias, hemos pensado en eso. Hemos reclamado verbalmente, y en dos o tres días lo haremos por fax. En una semana pensamos ir al Acto de Conciliación si no nos ingresa el dinero de la diferencia de la puerta. Y luego intentaremos Juicio Verbal. Esto creo que al ser poca cantidad de dinero, no tiene costes y puedes ir sin abogado ni procurador. ¿Estamos en lo cierto?
Cuidado. No confundan los monitorios sin abogado, donde se reclaman cantidades que ya se han discutido previamente, con lo que vds reclaman que es un incumplmiento de contrato, más indemnización por daños o perjuicios, consecuencia de ese inclumplimiento ( todo a demostrar), y ahí se precisa letrado y proocurador, con un declarativo previo... S.m.c.