Ok, ahora está más claro. Confundías hablando de libertad vigilada, que es una medida prevista para menores pero no para adultos.
A lo que te refieres es a que se suspendió la pena condicionalmente, pero no debía ser por seis meses, sino por dos años, que es lo mínimo previsto cuando la pena es de prisión de seis meses. Si ha quebrantado la condición, que era no volver a delinquir en ese plazo, le revocarán la suspensión y deberá cumplir la condena anterior, más la nueva, a menos que consiga que se la sustituyan por multa o trabajos.
a ver Dexter, la primera pena tenía petición de cárcel de 6 meses, al no tenr antecedentes no entra en prisión y se le condena a 6 meses en los que no puede volver a ser denunciado por peleas no se si así lo entiendes mejor?
Dependerá de lo que informe el Equipo Técnico de Menores al Fiscal respecto de la medida más adecuada a solicitar para el menor. Aunque el informe del E. T. no vincula al Fiscal, en el escrito de Alegaciones se suele tener en cuenta, ya que ellos conocen la problemática del menor y su entorno social y familiar y aconsejan la medida más conveniente para el interés del menor. En la jurisdicción de Menores no se habla de penas, sino de Medidas.
hola, me gustaría saber cual puede ser la pena por incumplimiento de la libertad vigilada por una reincidencia, es decir, una persona participa en una pelea y por romper un hueso a otra le ponen una pena de 10 meses de libertad vigilada,a las 6 meses tiene otra pelea y rompe un diente a otra persona, esta a la espera de juicio. ¿Cual puede ser la pena?