Me encuentro en una situación parecida a la que expones en tu post del foro del 23/05/2011. Sería de gran ayuda para mí, y te agradecería inmensamente que me facilitaras información al respecto por lo cual te ruego me facilites modo de contactar contigo.
Mi cliente es un Promotor que firmo un típico contrato de préstamo al Promotor con una entidad financiera. La obra se ejecutaba sin problemas pero en un momento dado, la entidad bancaria, dejó de realizar las disposiciones del préstamo unilateralmente, por lo que imposibilito la finalización de la obra, se tuvieron que resolver los contratos de compraventa firmados, etc, etc.
Ante esta situación, vencido el plazo de carencia por el que el Promotor no pagaba cuotas del préstamo, la entidad bancaria empezó a disponer de la cantidad pendiente para imputarla a las cuotas hipotecarias sin autorización y, supongo, que para evitar tener que elevar esa operación a mora.
Ahora queremos reclamar ante el Banco de España (previo trámite del Defensor del cliente) y por vía penal por apropiación indebida. Nuestra intención es hacer todo el daño posible que, por lo menos se restablezca la situación al momento antes que el banco empezase a disponer del capital del préstamo.
No estoy muy puesto en estos temas, por eso os pido consejo sobre el modo de actuar.
Gracias