He realizado un contrato de arrendamiento de alquiler de un piso por mediación de una inmobiliaria y hemos firmado un contrato con la arrendadora para entregarme el piso, entregado una fianza y hemos puesto fecha de entrega de el piso.Ha pasado la fecha de entrega del piso y la arrendadora no me lo quiere entregar, ahora dice que no lo alquila.Solamente quiere darme la fianza que le entregue y creo que tengo derecho al doble la cantidad que le entregue.
Que dice la legislación al respecto, muchas gracias.
Hola paco33. Usted dice:"Ha pasado la fecha de entrega del piso y la arrendadora no me lo quiere entregar, ahora dice que no lo alquila.Solamente quiere darme la fianza que le entregue y creo que tengo derecho al doble la cantidad que le entregue."
En realidad para que lo transcrito fuese viable es necesario que se FIRMARA un contrato de PROMESA de Arrendamiento(arras) y que tal indemnización se contemplara en el mismo o, al menos, que en el contrato de arrendamiento constara tal indemnización.
Fuera de esas 2 situaciones la indemnización planteada por usted no es ajustada a derecho. Sin embargo,usted tiene la opción de hacer uso del derecho que le concede el art 1.124 del Código Civil, que básicamente le ofrece 2 opciones:
1) Obligar a la otra parte a cumplir el contrato.
2) A solicitar a la otra parte los daños y perjuicios que la NO celebración le hayan causado.
Por lo tanto le aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía quien, con el contrato y los datos que usted le aporte, le asesorará sobre la acción judicial a ejercer en beneficio de sus derechos.