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Incumplimiento de visitas

2 Comentarios
 
19/02/2003 16:51
El art. 90-2º del C.C. determina que los acuerdos de los cónyuges serán aprobados por el Juez, salvo si son dañosos para los hijos.

Por otro lado, en toda separación matrimonial, cuando hay hijos menores tiene que intervenir, necesariamente, un Fiscal.

Ello quiere decir que en tu caso, al tener hijos menores, los acuerdos adoptados tienen que ser vistos y aprobados por un Juez.
18/02/2003 19:49
Perdonen, pero quiero especificar respecto a nuestros hijos, que antes me he olvidado de detallarlo.
Al haberlo hecho este pacto entre nosotros, deberia este documento, haber estado registrado en algun lugar, para tener mas fuerza????
muchas gracias y salud
Incumplimiento de visitas
18/02/2003 19:47
Yo con mi marido hicimos un convenio regulador entre nosotros, si alguno de nosotros incumplimos lo pactado, esto sera un delito o una falta? o al no haber sentencia judicial, no es nada.
Me gustaria que alguien me conteste esta pregunta.