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Incumplimiento de sentencia

2 Comentarios
 
16/03/2004 09:30
No obstante te aconsejo que este tipo de preguntas las realice en el for de lo familiar, es un foro además del más indicado es bastante más activo y usado por los interesados.
Saludos
16/03/2004 09:26
El incumplimieto del régimen de visitas, no está considerado delito, solo es considerado como falta, por lo que máximo podrán por parte del juez llamar la atención una o más veces dependiendo del criterio y de la permisibilidad del juez, a lo sumo pondrá una especie de multa de x euros más bien pocos y pagaderos a plazo e instándole a que entregue los niños o cumpla con dicho régimen de visitas, solo cuando a un juez se le hincha las pelotas es cuando se puede lograr el cambio de custodia, pero esta medida a tomar, es para muchos años. Te habla la experiencia.
Saludos
Incumplimiento de sentencia
09/03/2004 14:30
Hola, quisiera hacer una pregunta: Cuando existe una sentencia, con relación a los hijos, (separación) y se incumple el régimen de visita por parte de uno de los progenitores, se que es un INCUMPLIMIENTO DE SENTENCIA, es penal, o sea, supuestamente, delito. ¿cuál es el artículo penal que menciona este tipo de delito? 615-44-88-32 Gracias.