ante la venta de unos locales comerciales, el vendedor en contrato privado se compromete a entregar estos con unos acabados determinados.
en el momento de la elevación a público de este documento, los locales no reunian las condiciones acordadas llegando ambas partes al acuerdo de que la obra la haría la compradora si bien la vendedora luego le ingresaria el dinero por esa obra. tal acuerdo verbal no fue recogido en la escritura de compraventa pues fue un acuerdo basado en la confianza.
me gustaria conocer que puedo hacer en esta situación para reclamar esta cantidad. tambien si alguien conoce una linea jurisprudencial de ruptura de la fuerza de lo elevado a publico.
incumplimiento contractual, vicios ocultos, vías posibles hay, pero habría que ver cuál es la más adecuada, qué acabados se supone que acordaron, etc...
Los acuerdos verbales son contratos. No obstante, hay que probar su existencia, que es lo complicado.
Si adoptaron el acuerdo en Notaría ante testigos que estén dispuestos a declarar, pues te puede valer. Si no hubo testigos...
efectivamente, yo entiendo que sería incumplimiento de contrato, pero esta claro que a la hora de la prueba si solo testificara mi cliente y la otra parte pues estariamos listos; y es que tengo la rémora de la escritura. visto lo que dice el 1230 podría ser interesante de no ser que hay sts que dice que este no se puede extender a los acuerdos privados, solo a los documentos privados.
pero que os parece esto?????
se presenta una demanda para realizar un interrogatorio de parte a la otra parte en presencia del juez, se llama prueba anticipada extraprocesal, alli se le hacen un maximo de 20 preguntas a la otra parte, deben ser asertivas y afirmativas, en lo posible, y mediante las preguntas se preconstituyen las pruebas de la existencia del contrato y el alcance del mismo. Ya con esta prueba, si existio incumplimiento podemos iniciar el respectivo proceso normalmente??????.