Buenos dias.
Voy a intentar resumir en lo maximo posible el problema con que nos hemos presentado mi marido y yo porque es muy largo.
Hace un ano y medio mi marido junto a dos amigos mas decidieron montar una tienda de informatica y alquilaron un local por el que le pedian 600€ mensuales y 1200€ de fianza a la firma del contrato. El capital total de la fianza y todo el resto ( acondionamiento del local, articulos, gastos legales, mobiliario.....) salia de marido osea que el era el socio capitalista pero en el contrato de alquiler se puso a nombre de uno de los otros socios. El total que miarido y yo pusimos para poner en marcha la tienda fueron de unos 40€ mil euros.
Hace unos ocho meses los otros dos socios por motivos personales decidieron abandonarnos y dejar la tienda en manos de mi marido y mia. Cuando llego el momento de cambiar el nombre del contrato del local para ponerlo a nombre de mi marido el arrendador decidio que por cambiar el nombre del contrato se consideraba un incumplimiento de contrato por lo cual se quedaba con la fianza de los 1200€ que se entregaban y que al cambio de contrato nos subia a 700€ mensuales y para colmo si queriamos continuar con el alquiler el nuevo contrato tendria que ser sin declarar (B). Era injusto pero tuvimos que acceder al chantaje ya que habiamos invertido todos nuestros ahorros en la tienda y si cerrabamos nos quedabamos en la calle.
El arrendador modifico el contrato y en el nuevo dice que en caso de incumplimiento tenemos que darle 1200€ y el equivalente a los meses incumplidos, aparte que nos ha subido a 700€ que no declara y que no podemos declarar.
El problema es que cuando comenzo el verano nos dimos cuanta que los aparatos del aire acondiconado no funcionaban y se lo comunicamos al propietario del local pero se niega a correr con los gastos de la averia basandose en que esta puesto en el contrato. El contrato dice que el arrendatario tiene que hacerse cargo de los suministros de gas, luz, agua y basuras y el arrendador dice que el aire acondiconado es un suministro por lo cual es a cuenta nuestra. El propietario no tiene seguro del local y el que hicimos nosotros no nos cubre el arreglo. El caso es que hace un mes los aparatos de aire acondicionado dijeron que hasta aqui llegaban y la averia es mayor o segun nos contaron habria que cambiarlos porque son superviejos. Si los aparatos de aire son del local osea del arrendador y yo entiendo que es un servicio no un suministro, esta obligado el arrendador a sustituirlos o arreglarlos a pesar de ser un contrato en B?
Que validez legal tiene dicho contrato?
Que podemos hacer para que nos arregle el aire o en todo caso que se puede hacer para que quede demostrado que el se ha negado al arrrglo y cuando nos marchemos del local no nos reclame el arreglo?
Espero haberme explicado bien, son muchas cosas que contar y no habria espacio suficiente.
Gracias por vuestra ayuda.
Saludos
Todo el tema, estuvo mal enfocado desde el principio.
Debieron asesorarse inicialmente con un abogado.
No es normal que el marido sea el socio capitalista y el contrato de arrendamiento, no se haya hecho a nombre de él.
40.000€ a nombre de otro y le preocupa quien repara un aparato de aire acondicionado? Si estaba roto el arrendador (hay que demostrarlo), si se ha roto por el uso el arrendatario, pero sobre todo tenga claro que al final del contrato lo va a reparar porque se lo va a exigir el arrendatario. Por ese motivo repárelo y por lo menos lo disfrutará el tiempo que le resté de contrato.
Una vez dicho eso, yo que usted me pondría en manos de un buen abogado y empezaría a reclamar que tiene usted materia para rato.