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Incumplimiento de contrato por parte de la compañía eléctrica

2 Comentarios
 
21/12/2018 18:28
paquito xocolatero
Muchas gracias por su respuesta.

Yo reclamé el error en la potencia tan sólo 15 días después de haber cambiado de comercializadora (cuando me di cuenta) y se lo comuniqué a la anterior que es la que cometió el fallo.
Obviamente en el contrato firmado con la nueva, la potencia también es incorrecta pues al firmarlo todavía no me había percatado del error. La anterior comercializadora, por la vía administrativa, ya me ha devuelto lo que cobró de más hasta el cambio de compañía pero nunca ha querido corregir la potencia a pesar de habérselo solicitado repetidamente por dicha vía.

Al final, yo di instrucciones a mi actual comercializadora para que lo hiciera, pero la anterior no quiere devolverme lo cobrado de más por la nueva desde el cambio de comercializadora hasta que se solucionó el error, cantidad que es la que pregunto si tendría alguna posibilidad de recuperar por vía judicial ya que la administrativa está agotada.

A mi entender, quien debió haber corregido el error en la potencia es la anterior comercializadora ya que se le reclamó tan sólo 15 días después de haber finalizado el contrato y es quien lo cometió pero no lo hizo porque no quiso o porque tramitó deficientemente las reclamaciones, por tanto debe responsabilizarse de las consecuencias de no haberlo querido hacer.

¿Puedo tener razón?

Aun así mi pregunta inicial sigue siendo la misma: ¿Está este asunto prescrito por haber pasado más de cinco años desde la firma del contrato con la anterior comercializadora y por tanto debo olvidarme de él?

Muchísimas gracias.
19/12/2018 13:38
alberto_rodriguez
Te tienen que devolver lo cobrado de más. Los perjuicios causados no siendo ya cliente, al haber firmado otro contrato, que te los devuelvan estos, si hay algún cobro de más. De todas maneras con la nueva compañía sí que firmarías con un determinado término de potencia, ¿no?
Incumplimiento de contrato por parte de la compañía eléctrica
18/12/2018 21:08
En enero de 2011 firmé un contrato de suministro eléctrico a mi vivienda.
En junio de 2016 cambié de comercializadora y al mismo tiempo descubrí que el término fijo de potencia asignado y facturado no era el contratado.

Reclamé por vía administrativa tanto el importe cobrado de más por este error como la modificación de la potencia. Me han devuelto lo cobrado de más pero la anterior comercializadora nunca corrigió la potencia, lo que me ha generado algunos perjuicios económicos en fecha posterior a junio de 2016 por los que dicha anterior comercializadora no quiere compensarme, según ha contestado también por vía administrativa.

Mi pregunta es: ¿Podría reclamar por vía judicial dicha compensación o la responsabilidad civil de la anterior comercializadora ya ha prescrito y por tanto no puedo hacerlo?

Muchas gracias.