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Incumplimiento de contrato de arrendamiento

2 Comentarios
 
Incumplimiento de contrato de arrendamiento
15/05/2008 11:26
Hola,
en un arrendamiento urbano se pacta una duración de cinco años.
El inquilino rescinde el contrato y se va a los pocos meses, incumpliendo la duración pactada.
El contrato no contempla ningún tipo de indemnización por este incumplimiento.
Esta situación obliga a pintar de nuevo todo el piso (estaba recien pintado) por los agujeros que hay en las paredes por colgar cuadros.

¿Se puede exigir que el inquilino pague los gastos de pintar de nuevo la vivienda, para tapar los agujeros?

Gracias.
15/05/2008 11:34
Sólo podrán Uds. exigir lo que sea exigible según el contrato firmado. Lo habitual es que con el importe de la fianza se cubran aquéllos desperfectos que sean causados por un uso anormal o negligente y no por el mero uso o desgaste habituales. Tengan Uds. en cuenta que en la renta ya van incluida una partida por desgaste de mobiliario aunque no se desglose así.
Pueden proponerle al inquilino que van a retener una cantidad por gastos limpieza y pintura, a ver qué contesta.

Suerte!!
15/05/2008 22:41
Gracias,
el importe de la fianza es para cubrir alguna mensualidad que no se ha pagado.
La vivienda se pintó justo antes de que entrara el inquilino, por lo que en 6 meses se tiene que pintar de nuevo, ya que el inquilino no ha cumplido el pacto de permanencia de 5 años.
Es un uso normal hacer agujeros para colgar cuadros, pero no es normal tener que pintar la vivienda cada 6 meses.
¿No hay nada que reclamar por pintar la vivienda?