Tienen derecho a decidir los propietarios , no los inquilinos.
El derecho que tienes como inquilino es el de tanteo o retracto (desde el 1º momento), es decir, si el propietario decide vender el local donde estás trabajando tienes derecho preferente en la adquisición del inmueble por el mismo precio y condiciones que se estipule a un tercero.
Hay quien pueda ayudarme,agradecimientos de antemano.
Mi problema es que hace 5 años que tengo arrendado un local que lo destino a restaurante. En el contrato, entre las instalaciones figura la de ascensor. No obstante no existe tal ascensor. Mis dudas son:
-¿puede exigir que pongan el ascensor?-
-Y si no quieren, ¿que puedo hacer (no me interesa rescindir el contrato).
-¿puedo pedir una indemnización por el valor del ascensor?
-¿es conveniente ir a juicio? ¿que tendría que hacer para que cumplan sin rescindir el contrato?
-¿tengo derecho a algo aunque ya han pasado 5 años?. GRACIAS ¡¡¡¡