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Incumplimiento Causa Fuerza Mayor

6 Comentarios
 
Incumplimiento causa fuerza mayor
07/07/2009 16:53
Buenas Tardes!!!
Mi consulta es la siguiente: Estamos mi marido y yo en un contrato de alquiler desde abril del 2008, y por consiguiente cumplimos ya 1 año de la fecha de contrato. Automaticamente quedo renovado el contrato de alquiler por otro año mas ya que no indicamos lo contrario. Hace cosa de 20 dias resultamos adjudicatarios de una vivienda de proteccion oficial y debido a la imposibilidad de pago de ambas viviendas hemos tenido que terminar el contrato de arrendamiento por el cual ahora la constructora con la cual estaba firmado reclama ahora las cantidades de todo el año hasta abril de 2010!!!!!! Hay algun tipo de ley que ampara al inquilino antes estas situaciones u otras similares a las que nos podamos acoger???? Les ruego una contestacion ya que nos corre prisa y nadie nos dice nada en claro.

Muchas Gracias por anticipado
07/07/2009 17:46
Una consulta identica, de hoy mismo, es la Tmateos, no queiro ser suspicaz pero mismo caso, mismo dia y mismo argumento (aunque sensu contrario) de fuerza mayor...
08/07/2009 10:12
Creo que no tengo nada que ver con estos señores, aunque les deseo toda la suerte del mundo y por supuesto que se haga justicia. Ley no hay ninguna, yo me compré una casa, firmé un contrato con un banco por 40 años y me lo tengo que comer con patatas porque no puedo recendir el contrato con ellos. Me tuve que marchar a otra ciudad por trabajo y para poder vivir en una vivienda digna, tuve que alquilar mi casa.

A mis inquilinos les pasó lo mismo que a vosotros, salvo que ellos se fueron a los tres meses y no al año. Creo que el primer año es obligatorio el pagar todas las mensualidades, pero no el segundo, pero no estoy segura.
Si solicitasteis un alquiler de VPO, se lo teníais que haber dicho previamente a vuestro casero y haber llegado a un acuerdo con el que beneficie a ambas partes y no a una sola, que era lo que pretendían mis inquilinos.
A mi me han llevado a una corte de arbitraje porque no les he devuelto la fianza y el depósito. En otro post he contado toda la historia. Ahora está en manos de abogados y nos han dicho que facilmente, nos darán la razón. Lo lógico es que pagárais hasta que se volviera a alquilar, porque vuestro casero no tiene que porqué salir perjudicado. Es como si os echaran de una casa porque llega otro que paga más.
Yo desde luego no les devolví el dinero por necesidad económica y porque según me informaron 3 abogados diferentes estoy en mi derecho de no devolverles el dinero y de exiguirles el pago de la mensualidad hasta que se cumpla el contrato.
perfil Jan
08/07/2009 12:16
Hola Mariachin. Para responder a su consulta sería necesario poder examinar el contrato y tener más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato,la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.

Lamento no poder ser de más ayuda.

Reciba un cordial saludo.
09/07/2009 15:21
Bueno tengo algunas novedades en cuanto al tema!!
Lo primero gracias por contestar a todos, os cuento:
Me llamo el director comercial ya que mi contrato ha sido con una constructora y no con un particular..... y me indico que si tenia constancia de que le tenia que pagar todo el año de alquiler pero que no me lo iban a cobrar, que me devolveria el aval bancario y la fianza (600€) pero que 1200€ (deposito) se los quedaria hasta ver la vivienda.
Ayer hicimos lo pactado, vio la vivienda y me indica que como he pintado el pasillo de color crema y hay algunos taladros (en concreto 5) - (Que pretenden?? que cuelgue el espejo del baño o las cortinas con ventosas???????? - pues que tienen que pasar presupuesto de esas reparaciones y cogerlo de la cantidad de deposito (1200€) cuando en mi contrato no decia nada de no poder colgar un espejo de baño, ya que la vivienda carecía de ello y de ningun tipo de mobiliario (ni siquiera electrodomesticos) con lo cual no se hasta que punto pueden exigirme esto!!! como puedo hacer para que me devuelvan mi dinero???? no es justo, y en contestacion a tmateos en ningun momento nosotros hemos ido buscando nada, si no que despues de 3 años de tramites para conseguir una vivienda de proteccion oficial por fin nos ha tocado. Nadie preveia la situacion con lo cual no creo que sea la misma situacion ya que tus inquilinos si lo sabian no???? y encima a ellos les han dado la razon!!!
10/07/2009 09:37
Mariachin, desde luego no es la misma situación. Yo te deseo toda la suerte del mundo.
"y enciama a ellos les han dado la razón!!!", no te equivoques, les han dado la razón, un arbitro que no sé si es un abogado especialista en arrendamientos urbaños o un viejito mira obras. Yo me inclino por la segunda opción. Porque en primer lugar se nos ha vulnerado nuestro derecho a presentar a alegaciones y en segundo lugar es un laudo en equidad y no en derecho, es decir, que me paso la ley por el arco del triunfo.
10/07/2009 10:10
El piso de protección oficial no lo conceden de un día para otro...Cuando se firma algo, hay que saber lo que se firma..." . La ignorancia o desconocimiento de la Ley no exime de su cumplimiento y, más, si hay acordadas unas cláusulas por las partes en un contrato firmado".

¿QUE CULPA TIENE EL ARRENDADOR, DE QUE EL ARRENDATARIO NO CUMPLA LO PACTADO...?.

Eloy Peña Rico, denunciante oficial del Ayuntamiento de Madrid.