Necesito saber si me podéis ayudar con una cosa, a la hora de calcular la pensión por IPT Enfermedad Común, hay que indicar la Base Reguladora (BR), los 24 meses anteriores no se tocan, pero los 72 restantes hasta llegar a los 96 hay que actualizarlos según la variación del Indice de Precios al Consumo.
No tengo mucha idea de como se hace esto, había pensado usar la herramienta actualizar renta del INE, pero no se si es válida.
Creo que son 96 meses. Se solicita IPT, y la edad son 57, todo derivado de CC (Enfermedad o Contingencia Común), al tener 36 años cotizados, creo que no hay que aplicar reducción alguna, si no me equivoco
Lo digo porque tomo en cuenta el artículo 140.
Es que con la herramienta del Ine, me dice que hay una actualización del 23% y lo veo una salvajada, una barbaridad
Y la formula no la termino de entender, sobre todo lo del indice.
Gracias de nuevo archilla!
Ya lo he conseguido. La herramienta del INE no vale ya que te actualiza de una forma que no corresponde, dando valores astronómicos (no se puede actualizar una base en 25%)
Y la herramienta de calcular la jubilación de la SS, tampoco, ya que toma como base 180 Meses, y luego los divide para el valor 210. Mientras que para IP derivada de CC 52 años, es 96 meses partido para valor 112.
Si alguno le ocurre, que lo ponga aquí y le puedo decir como se hace.
el metodo del INE es válido y bastante aproximado (salen los datos de año en año, no de un mes x hasta otro mes distinto de año distinto y) pero bueno, para hacerte una idea, vale.
Lo ideal seria meter en una hoja excell todas las variciones de IPC mensual desde los ultims 96 meses y hacer las cuentas de cada mes hacia adelante: 95, 94, 93 etc
¿Cual es tu método? ¿Has encontrado alguna web maravillosa que lo hace todo?
PUES COMPARTE POR FAVOR!!!
Yo usé el que te dije, lo que pasa es que puse actualizar 8 años, pero por eso no me valía.
No hay metodo maravilloso ni web que haga nada. Cogí papel y boli, e hice las cuentas en papel con todos indices.
Luego lo realize en Excel, y salió lo mismo
una renta de hace 8 años tiene un IPC acumulado del 23%, ten en cuenta que el IPC es como el interés compuesto: el resultado de un año es la base del calculo del siguiente.
Si no lo has hecho así lo tienes mal.
Por ejemplo, de agosto del 2003 al 2011 hay un 23.4% de revalorizacion de las bases, pues es el IPC acumulado desde entonces.
Para comprobarlo mira: si la base de cotizacion maxima en ese año era de 2652 € / mes aplicando un IPC de un 23.4 aprox nos sale una base similar a la de este año, haz la prueba.
Lo cierto es que me acabas de dejar un poco inquieto, la diferencia entre mi sistema de calculo y el tuyo , son 500€ de diferencia mensual en la base reguladora.
Si me das un email, te cuento el caso pormenorizado. Me seria de gran ayuda
lo siento, para pensiones no suelo dar mi mail, pierdo demasiado tiempo, es un trabajo de chinos pues hay que calcular el IPC desde el mes 96 hasta el 25, uno a uno.
En serio: se hace como te digo, con el INE va bien la cosa.
El ejeplo que te he puesto de las bases maximas te lo pone de manifiesto.
Una persona que por ejemplo en el año 2000 estuviera en la base maxima, si le aplicas el IPC hoy tambien lo estaria. Las bases maximas suben segun sube el IPC.
No pasa nada, solo decirte que en ningún momento pretendía que lo calcularas. Ya lo he echo yo, tengo un archivo .xls (Excel) con todos meses, con su correspondiente base de cotización, mas su IPC correspondiente, todo bien sumado y calculado.
Mas luego he echo lo mismo, pero en vez de mes por mes mediante acumulación de IPC.
Y la diferencia es simplemente, salvaje. No me gusta poner datos, pero para que te hagas una idea, las cuentas, echadas con IPC acumulado, dan un 17% de diferencia más respecto de las calculadas mes a mes con los datos del INE.
La formula del calculo del INE es la correcta. Intentaré ponerte un ejemplo
supongamos enero 2004: base de cotizacion 1.000 € MIL euros
- si el IPC en todo el 2004 fuera por ejemplo de un 2% en enero 2005 esa base actualizada seria 1000 mas el 2%, es decir, 1020.
- si el IPC de 2005 fuara de por ejemplo un 5%, la base actualizada de los mil euros inicales sería al finalizar el 2005 de un 5% más, PERO NO SOBRE LSO 100 INICIALES, sino sobre los 1020 que se arrastraban del año anterior. Creo que ese es tu error
Por si me quieres mandar el excel: cloti_montesALGARROBAhotmail.com
Hola AcCHILLA VEO QUE LO TUYO DE LOS NUMEROS SE TE DA BIEN. En otras ocasiones me han aconsejado no se si recuerdas
En principio me habian mandado por erro una prórroga de 6 meses hasta completar los 24 . Esto se anulo. Estoy de baja por enfermedad común .con pocas posibilidades de recuperar lo perdido como tengo 48 años me exigen como mínimo 7 . Mi contrato a tiempo parcial lo munltiplican por 1.5. Le sunan 112 por mi hija.LLego a los 6. años 7 meses. Y coticé en colombia 8 años . Sabes tu si tardan mucho en recopilar la hoja de vida de colombia. Me dijeron que por convenio entre paises cuentan. lo de colombia es a tiempo completo gracias.
Lo de colombia se escapa a la Seguridad social española, depende de cómo trabajen lso colombianos... lo importante es que ya lo has pedido y estás a la espera.
Gracias. Lo de colombia es un acuerdo entre españa y Colombia desde el 2006. Es computable lo cotizado. Tambien para incapacidades permanentes etc etc. Mirare el documento .