Tras abonar una cantidad por el traspaso de un negocio y formalizar con el propietario del local (vivienda unifamiliar reformada) el contrato de alquiler hemos iniciado los trámites para dar de alta la actividad frente a la administración.
Durante este trámite nos hemos dado cuenta de que la potencia contratada es insufucuente para desarrollar la actividad (lo es incluso para una vivienda, pues hay contratados 2.2 KW), así que hemos realizado las consultas pertinentes y el gasto del incremento de potencia supone por un lado el pago a la empresa suministradora de las tasas necesarias y por otro a un profesional para que emita un boletin y realice una reforma.
Mi consulta es sobre quien debe abonar los costes del incremento de potencia, pues no se hace mención a ello en el contrato y no se nos notificó (aun a sabiendas de la actividad y sus requisitos) la potencia contratada, además de que en el momento de la inspección y visita al local no fue posible realizar una "prueba de carga".
Por otro lado me gustaría preguntar sobre el plazo que debe facilitar el propietario para la presentación de la documentación frente a la adminsitración para la obtención de la licencia municipal de apertura.