Tengo contrato de alquiler desde 1981 con revision cada 2 años. Como es natural por el tiempo trancurrido y segun contrato, pago una parte de renta y otros gastos como capitalizacion de obras, porteria, etc.
El anterior administrador en cada actualizacion por IPC, lo hacia por el importe de renta, sin incluir obras ni porteria ni otros gastos, ya que estos aumentaban segun las obras nuevas u otros gastos. Con el nuevo administrador, me actualiza el IPC por el total de la suma de todos los conceptos. Creo que no debe ser así a no ser que se hubiera producudo un cambio en la ley que yo desconozco.
Agraceré me pudiera dar una respuesta a este caso y como deberia exponerselo al administrador.
Ademas, cuando se cumpla el año, esa comunicación deberá hacerla la arrendadora por escrito con un mes de antelación, aunque despues no podrá hacer efectivo el incremento hasta que se publiquen los indices de Octubre 2009.
Hola Ignatius, su apreciación es correcta, solo podran revisarle la renta, cuando se cumpla un año de contrato, aplicando el incremento del IPC producido desde la firma del contrato.
Con fecha 15 de Octubre de 2008 mi novia y yo entramos a vivir a un piso de alquiler. El jueves pasado (8 de enero), la arrendadora nos comunica telefónicamente que nos sube el alquiler por el incremento del IPC ¿Es esto así, siendo que apenas llevamos 3 meses viviendo en el piso? (Pregunto esto porque he deducido, no sé si erróneamente, del artículo 18.1 de la LAU, que el incremento se aplica a partir de llevar viviendo UN AÑO, y no menos) Gracias