En cualquiera de los casos, siempre prevalece el contenido del Convenio Colectivo sobre el del Contrato de Trabajo, cuando haya diferencias sobre cualquier materia, y más si lo concretado en el Contrato de Trabajo no respeta el Convenio.
Eso sí, siempre que sea desfavorable para el trabajador, porque si el contenido del Contrato de Trabajo es más favorable para el trabajador, en ese caso, prevalece la mejora que se haya establecido en el Contrato de Trabajo porque operará el principio "pro-operario" y se le aplicará la más favorable de las normas para el trabajador.
Perdonad. Acabo de ver que las limitaciones del periodo de prueba son para titulaciones de grado medio y superior y yo tengo titulación de Máster. Por otro lado, en el segundo párrafo es puesto que tengo un periodo de preaviso de 6 meses, que es una errata. El plazo de preaviso para mi grupo profesional es de 2 meses.
Tengo un contrato en prácticas en el que se indica que la duración es de X meses con un periodo de prueba de 6 meses. Sin embargo, en el convenio colectivo y al pie de página del propio contrato, se especifica que en el caso de contratos en prácticas, el periodo de pruebas será como máximo de 2 meses para mi titulación. ¿Qué pasa en este caso?
Eso me lleva a otra duda y es que en mi grupo profesional, el plazo de preaviso para cese voluntario es de 6 meses. Sin embargo, en el caso de contratos de tiempo determinado superiores a un año, es de 15 días. ¿Qué pasa en mi caso que tengo un contrato de X meses?