Necesito conocer si un funcionario público(arquitecto) puede tener obras particulares en el mismo municipio donde desempeña trabajo como técnico municipal del ayuntamiento.
¿qué responsabilidad tiene el ayuntamiento que permite esto?¿y el colegio profesional al que pertenece, además de el mismo?.
Dicho funcionario tendra que haber obtenido del Ayuntamiento un certificado donde le conceden la compatibilidad en el sector privado. De dicho certificado tendra que tomar razon el Colegio Profesional. Dicha compatibilidad esta limitada a el ejercicio libre durante 18 horas semanales como maximo y siempre fuera del horario del Ayuntamiento. Por supuesto dicho funcionario, no puede intervenir en el expediente administrativo en relacion a las obras en que intervenga. Esto hasta lo que yo conozco de la Ley de Incompatibilidades de los Funcionarios Publicos, pero desconozco si ha habido cambios ultimamente de prohibicion total. En todo caso si es el unico Arquitecto del Ayuntamiento, lo tiene complicado.