Hola, soy funcionario publico, concretamente guardia civil, y me gustaria crear una comunidad de bienes junto con otras 2 personas mas, la duda que me surge es si, es incompatible mi puesto en la administracion con el ser comunero.
Según dice la Ley Organica 11/2007 que regula los derechos y deberes de la Guardia Civil en su articulo 22: Los Guardias Civiles estarán sometidos al régimen general en materia de incompatibilidades de la Administración General del Estado, sin perjuicio de las incompatibilidades más rigurosas que pueda establecer su normativa específica.
Todo dependerá de la actividad que realice la CB y la relación que tenga con tus funciones o las de tu unidad. La relación, para que exista incompatibilidad tiene que ser directa y clara. Me refiero a que, por ejemplo, si estás en la unidad de delitos informáticos no significa que no puedas vender ordenadores.
Hola Marco yo estoy en el mismo caso que tu, tengo una C. B. con mi mujer pero no trabajo en ella, contratamos personal. Esto hay que notificarlo a la Administración??