Buenas: A ver me han planteado una duda, resulta que se trata de una persona que trabaja en una administración y está interesada en montar una empresa que no tiene nada que ver con la actividad que desarrolla en el departamento que está y además no va a trabajar físicamente en la empresa sino que tan solo será socio , ¿ha de pedir la compatibilidad en el organismo que trabaja o por las circunstancias que he comentado ni tan siquiera es necesario que la pida? Yo entiendo que no sería necesario puesto que supongo que su dinero lo puede invertir en lo que le dé la gana.
Un funcionario que vaya a desarrollar una 2ª actividad, sea la que sea, ineludiblemente ha de solicitar la compatibilidad; no obstante puede hacer una consulta por escrito a su departamento de personal, que ha de contestarle motivadamente y basándose en la Ley de Incompatiblidades del personal al servicio de las administraciones públicas.
Gracias por tu respuesta Bri, supongo entonces sí ha de solicitar la compatibilidad aunque tan solo sea socio, no sé la verdad que no me cuadra mucho, por ejemplo para comprar acciones de una empresa por esa regla de tres también habría que pedir...?