Juicio ordinario:...En la Audiencia previa se solicitó por los letrados de ambas partes la declaración de las mismas
En el día de la vista del juicio una de las partes va el cliente con el abogado y el procurador, pero la otra parte sólo acude con el abogado y procurador , si bien el cliente no aparece ¿qué ocurre? , ya que por el art.432 LEC se dice lo que ocurre , pero ¿el abogado de la parte que no ha venido ,puede hacer preguntas a la otra parte o no puede ?
En el art.442 LEC (verbal ) también hace referencia
Si el juez admitió el interrogatorio de la parte que no acude, y no hay justificación para su no asistencia y no se solicita aplzamiento o suspensión.... se practica la prueba, y el abogado de la parte contraria tendrá que solicitar que se tenga por confeso respecto a todos los hechos que le sean perjudiciales.
Lo siento.
Mi hermana tiene un contrato privado firmado por mi con engaños de un piso, para mi un 40 y para ella un 60 %, Ahora me ha mandado una Cedula de Notificación de un notario. Me citan en 20 días.
¿Debo ir y decirle al notario que me engaño??
Debo ir con abogado??
Si no voy a la cita qué me pueden hacer. Hay alguna solución mejor ??
Gracias