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Incoar diligencias urgentes

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Incoar diligencias urgentes
18/04/2010 21:19
Buenas,

A ver si alguien puede arrojar un poco de luz sobre algunas consultas que tengo.

Estoy imputado en una causa que inicialmente se tramitó como procedimiento abreviado. De forma ciertamente sorpresiva, al parecer se ha dictado un auto con el fin de dar por finalizada la fase de instrucción, el cual hemos recurrido entre otras cosas porque por una u otra causa no hemos tenido acceso a la documentación durante todo el proceso. La otra razón es que, según la abogada, si el fiscal califica los hechos como un delito con una pena inferior a 3 años, podría tramitarse como diligencias urgentes, con lo cual el proceso sería mucho más rápido y reconociendo los hechos podríamos llegar a un acuerdo con el fiscal y solucionar este tema en cuestión prácticamente de días.

He estado mirando la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y en primer lugar no entiendo de dónde sale la cifra de los 3 años, ya que el art. 795 habla de 5 años. Por otra parte, la LEC da a entender que quien debe incoar las diligencias urgentes es el juez de guardia, no un juez que instruye algo que inicialmente se ha tramitado como procedimiento abreviado, por ello me gustaría saber en qué condiciones es posible que un procedimiento abreviado se transforme en diligencias urgentes, asumiendo que se cumple alguna de las condiciones que impone el art. 795.

Tampoco entiendo lo de esperar a que el fiscal califique como un delito o como otro para determinar si es posible tramitarlo como procedimiento abreviado o como diligencias urgentes, ya que entiendo que la calificación de los hechos por parte del fiscal ocurre una vez que ya se ha incoado procedimiento abreviado o diligencias urgentes.

Estoy bastante perdido, así que si alguien puede aclararme alguna de estas dudas, explicarme por encima cómo funciona este tema, o remitirme a algún documento, se lo agradecería enormemente. No descarto haber entendido mal algo de lo dicho por la abogada, ya que todo esto lo hablamos en una rápida conversación telefónica y mañana tampoco voy a poder verla. De lo que si estoy seguro es de que mencionó la cifra de la pena inferior a 3 años.

Muchas gracias