mi caso es que me separo de mi novio y hago una Extinción de Condominio. El problema es que el banco encuentra pegas a quedarme solo con la hipoteca y yo he planteado de poner a mi padre como co-titular.
En esto me han comentado que se podría considerar donación y tener que pagar a hacienda...
Esto es realmente así??
Y si sólo lo pongo como co-titular en la hipoteca pero no en la propiedad??
Plantea cuestiones que jurídicamente son muy diferentes entre sí, aunque imagino que lo que el banco le solicitará es que cuando extinga el condominio, usted se subrogue en la parte del préstamo que correspondía a su novio, y en garantía del pago además de la hipoteca, su padre dé su aval personal.
Eso tributaría como una hipoteca normal, puede variar según la Comunidad Autónoma, pero suele ser un 1% de la cantidad garantizada.
Aver, lo del aval no me lo aceptan, lo quieren como titular, para asegurarse aún más el pago.
Por eso pregunto si sólo lo pongo de titular en la hipoteca si tengo q pagar como donación o compraventa, o eso es sólo si también lo pongo como copropietario de la propiedad.
El banco debería aceptar la parte de la hipoteca en la que usted se subroga y avalada por su padre.
Para ser cotitular de una hipotecan necesariamente ha de ser cottitular del piso, para lo que debería hacer una donación a su padre, que al ser entre familiares, tributaría muy poco, o estar exenta, según la CA.
El banco puede exigirle el aval, la cotitularidad parece un abuso.
A mi juicio, deberían hacer la extinción de condominio, salvo que su novia hiciera la donación a su padre, pero probablemente -al no tener ninguna relación de parentesco- sería más gravoso.
De cualquier forma, el notario tal vez pueda informarle de la mejor manera de hacerlo.
Lo único que no me acaba de cuadras es que mi padre no pueda estar en la hipoteca sino está como propietario... porque el banco me dijo que sí podíar ser... no se.
Jurídicamente es posible, si el banco lo acepta así no tiene problema.
Por otro lado, el banco debería aceptar a su padre como avalista, a usted le vendría mejor para desgravaciones, si su padre está como titular sólo podrá desgravarse del 50%.
Es que son dos cosas diferentes, una cosa es el préstamo y otra la hipoteca.
Se puede ser titular de un préstamo, sin ser titular de la hipoteca (deudor no hipotecante); se puede ser titular de préstamo e hipoteca (deudor hipotecante); y se puede ser titular de una hipoteca sin serlo del préstamo (hipotecante no deudor).
En el caso de su padre, puede ser que el banco quiera que su padre sea deudor no hipotecante (que sería algo más barato porque se evita los impuestos que conlleva la venta), pero entonces su padre debe de decir que el préstamo lo recibe aunque lo dedica a la compra de su piso (por eso dicen que le dona ese dinero y debería pagar impuestos). No entiendo esa solución porque no da más garantías al banco que un simple aval.
Puede también que el Banco quiera que su padre conste como deudor e hipotecante, para ello su padre tendrá que comprar parte del piso e hipotecarlo. (ello conllevaría además de los gastos que conlleva la hipoteca, los que conlleva la compra, con lo que es lo más costoso). Tampoco esa solución le da al banco más garantías que el Aval.
En resumen (y no se si me reitero demasiado): A mí lo que me parece es que es un capricho del director del banco con el que trabaja, dígale que pregunte al departamento jurídico porque las soluciones que le da son muy costosas y que es un problema que se soluciona con un simple aval.