Interpuse demanda por incidente 776.4º hace 18 meses, y ya hay sentencia firme declarando ciertos gastos como extraordinarios, Ahora debo ejecutar, pero me surge una duda:
No se si procede ejecutar sólo los gastos incluidos en la demanda por incidente, o si puedo incluir también los gastos generados por mismos conceptos en estos 18 meses.
Me explico: uno de los gastos es la ortodoncia de menores. La sentencia firme considera extraordinarios los gastos reclamados. Pero en estos 18 meses se han seguido generando gastos por mismo tema, y no se si debo volver a solicitar la declaración de gastos extraordinarios nuevamente, o si procede despachar ejecución de todos los gastos por este concepto (los ya declarados extraord. y los nuevos)
Gracias